Círculos Artísticos Granadinos. El Clan de los Orihuela y Pedro de Raxis

 

 

 

 

 

http://www.alonsocano.tk        ISSN: 1697-2899                   D.L:GR2134/2004

CÍRCULOS ARTISTICOS GRANADINOS EN EL PERÍODO CRÍTICO DE TRANSICIÓN. MAESTROS PINTORES Y GUADAMECILEROS. EL CLAN DE LOS ORIHUELA Y PEDRO DE RAXIS.

Daniel José Carrasco de Jaime.
Alumno dotorando de primer curso de la Universidad de Granada

 

CONCRECIÓN DE LA MATERIA, PUESTA A PUNTO.

Tradicionalmente, este tipo de trabajos fueron introducidos en Europa a través de la Península Ibérica en la época del emirato omeya y luego califato independiente, siendo Córdoba su principal centro de producción y donde arraigó con mayor fuerza perdurando hasta nuestros días. Allí los cordobeses enseñaron a preparar, curtir, teñir y dorar el cuero. Los cordobanes tienen su origen en la capital del Califato y, se conocen como las pieles de macho cabrío curtidas con zumaque . De cordobán se fabricaban guantes, manteles, esteras, calzado, etc.; pero los de mayor prestigio eran los cordobanes ornamentales y para ello, se empleaban diferentes técnicas como: trazado, modelado, repujado, esgrafiado, ferreteado o calado; elaborándose de este modo arcones, estuches, sillerías, encuadernaciones y otros objetos. Los cordobanes, a diferencia de los guadamecíes no van metalizados.

Un dosel de guadamecil, o guadamecil, en esencia es un cuero adornado con pinturas. Tiene una cubierta metálica ornamental en el que se practica una imagen que realmente es el cuero dorado o plateado realzando así su dignidad. Tradicionalmente, se ha pensado que el concepto derivó del étimo “Ghadamés” que sirvió para nombrar una localidad sahariana, pero hoy podemos concluir que muy posiblemente, éste constituya ya una derivación del Próximo y Medio Oriente de las regiones libias; y en consecuencia, de las artes decorativas propias de la cultura damescena, por tanto omeya. Normalmente, se hacía uso de un hilaje a base de seda y oro, dicho lo cual, no es raro pensar que sea precisamente Andalucía, concretamente Córdoba y Granada por las rutas comerciales de seda, donde haya una evolución favorable para el desarrollo de este tipo de oficios. En esencia, el guadamecí es la piel de carnero llamada badana, curtida y más tarde dorada con metalizados de finas hojas de plata u oro, bruñidas, grabadas o esgrafiadas con diversas técnicas y policromadas mas tarde. Se empleaban como revestimiento mural, ornamentación de mezquitas, iglesias, retablos, biombos, sillerías, tapices, etc. En antaño se consideraron un objeto de lujo y como tal han sido utilizados como presentes regios y principescos.

Aunque cordobanes y guadamecíes eran fabricados desde el siglo VIII en la Córdoba musulmana con gran maestría, fue en época posterior —siglos XV, XVI y XVII— cuando tuvieron su mayor apogeo fabricándose en numerosas ciudades de España, Europa e Iberoamérica. No obstante, en Córdoba los jefes del gremio de guadamecileros poseían un sello que grababan en sus trabajos confirmando la autenticidad de las manufacturas cordobesas a modo de marca de calidad. A partir del siglo XVIII se produjo la decadencia de este arte recuperándose a principios del siglo XX a través de las escuelas de arte, siendo Córdoba nuevamente el centro impulsor del mismo.

Trozo de Cordobán. Colección de Tejidos y Telas del Instituto Gómez-Moreno

ESTADO DE LA CUESTIÓN.

La decoración de interiores a base de guadamecíes se utiliza desde la Edad Media. El pleno desarrollo se alcanza a partir de la conquista de Andalucía por los castellanos —siglo XV—, en que prosperan nuevamente la nobleza y burguesía en el ámbito tradicional de estos talleres. Aunque la mayor parte de los asientos y respaldos de los sillones debieron hacerse de cordobán, también se empleó el guadamecí unas veces con la técnica normal y otras imitándose con pintura directa sobre el cuero, lo que desaparecía con facilidad. Esta es la tipología que más nos interesa, sin embargo, por lo mismo, entendemos que no hayan sido conservados hasta nuestros días. De guadamecí se hacían también las almohadas, que se utilizaban para sentarse las damas en los estrados y los cojines para arrodillarse en las iglesias. También tiene el guadamecí aplicaciones pictóricas, siendo notables los retratos de personajes efectuados sobre cuero, o los retablos de iglesias.

En este sentido, nosotros pretendemos ofrecer un correlato nítido por una parte y provechoso y consensuado por el otro, sobre las relaciones particularísimas de una tipología muy característica de estos doseles de guadamecil. Concretamente, los que más desarrollo tuvieron en la Granada contramanierista, con un breve inciso de datos contrastados que nos permitan hacer un seguimiento durante nuestro Renacimiento y Manierismo, hasta llegar al momento que podríamos calificar de mayor esplendor para el desarrollo de estos trabajos en su relación con el arte de la pintura.

Esta realidad supone explicar en qué circunstancias podríamos determinar un derrame fenomenológico de tal observancia; pues, durante el último cuarto del Seiscientos granadino, son sumamente importantes para el desarrollo evolutivo de los tipos y modelos pictóricos. En principio, porque constituye un momento peculiarísimo en el que muchas de las justificaciones por las cuales podríamos elaborar una teoría global sobre nuestras artes plásticas, se ven frustradas en tanto en cuanto que el fervor populista que hubo de tornar en hordas violentas acabó por echar al traste nuestra esperanza de estudiar y poder cotejar una serie de ejemplos capitalísimos, tanto a nivel retablístico como en lo pictórico, escultórico, a nivel de infraestructuras mudéjares, etc. La problemática étnica suscitada entonces, si bien nos privó de dicho conocimiento, por otro lado, permitió que otros maestros se frotaran las manos con el negocio y más que ellos, todo el negocio industrial y comercial que para la manufactura de un dosel de estas características es necesario abordar. No queremos decir con ello, que los doseles de guadamecil no tuvieran lugar en tiempos de prosperidad y aparente paz y calma.

En este sentido, en Granada hubo grandes fortunas elaboradas a partir del trato y comunicación con el desarrollo de este tipo de manufacturas. La industria de la platería, de los tratantes en sedas, de los doradores y de los batidores de oro, mantiene una pujanza sin igual durante el último cuarto del siglo. Juan Serrano, vecino de Granada, habitaba unas casas en la colación de Santiago junto a las del pintor Juan de Aragón —maestro de Pedro de Raxis—, hará hipoteca de bienes para fiar a Pedro de Raxis en 1586. Éste no sólo tenía una casa, sino otras que en régimen de ganancias valían cerca de quinientos ducados. Jerónimo de Salazar, al igual que el todopoderoso Bartolomé Beneroso, era tratante en sedas, y por tanto, un acaudalado vecino de Granada también para 1586. Vivía en la parroquia de San Nicolás y a parte de su casa particular, tenía una serie de casas accesorias colindantes con las de Miguel Aguilar que por el precio de veinte ducados cada una, sumaban una cantidad de mil ducados en total. En relación con la industria textil y con el guadamecil; Blas de Aranda, que era hilador y bordador, sumó una hacienda tal que le permitía ostentar seis pares de casas de la colación de Santa Ana que entre todas, sumaban otros mil ducados. Antonio Carrasco que era batidor de hojas o panes de oro, tenía varias casas principales en Plaza Nueva, tanto las principales como el taller, pero además, el fruto de su trabajo le permitiría tener otras tantas, si aquellas lindaban con las de Melchor de Castro, maestro platero y las de Jaime de Fonte que, alcanzaron un valor nada desdeñable de también mil ducados . A ellos hay que sumar a Pedro de Rojas , también batidor de oro y, al que citaremos algo más adelante al hablar de Juan de Orihuela, el gran patriarca del clan guadamecilero.


Dosel de Guadamecil. Granada. Colección Particular.

De entre todos ellos, sin duda alguna, un capitulo interesantísimo que nos reservamos para la elaboración de otro estudio a parte, sería el tratar los maestros doradores. En este sentido, Jerónimo de Salamanca se lleva la palma. Todos ellos, son las amistades que cuidó Pedro de Raxis y que en un momento muy determinado de su vida, le permitió hacerse un hueco dentro del círculo artístico con trabajos considerados de menor magnitud como doseles para guadamecil. Todos ellos, de una u otra forma, tienen un especial papel en el correlato artístico de la ciudad.
La relación que nosotros proponemos es, no desligar este tipo de trabajos de la consecuente necesidad de tratar varios factores que intervienen indistintamente en el desarrollo lineal evolutivo de las artes plásticas en Granada. Sería necesario, incidir primero en el auge de ciertos sectores sociales que ven incrementadas sus haciendas y en dicho apunte, como era lógico, los entes eclesiásticos habían pensado habida cuenta de lo que supuso aquel destrozo morisco, que una buena forma de redecorar nuestras parroquias era precisamente ofrecer un programa digno, no tan caro quizá, que permitiese no apartar la vista caza vez que mirando al horizonte se concluía en un pasado glorioso y con proyección de un futuro incierto.

Nos vemos obligados a hacer una imbricación que derive en una rápida conclusión. Esta no es otra que el hecho mismo de que tratar de una época fértil para el desarrollo de estas manufacturas, supone el reconocer el triunfo de los tratantes en seda, de los maestros plateros, de los doradores y tratantes de oro y, por supuesto, para nuestros intereses, de los maestros pintores de aquella Granada. La evolución misma del precio del dosel de guadamecí lleva implícita toda esta idea que venimos señalando. En verdad, es más una cuestión del trato y la diferenciación de las personalidades artísticas que trabajan en su manufactura y dentro de éste, la pintura marca la diferencia. Podemos concluir, que de la asociación de guadamecileros y pintores, era fundamental el trato entre las grandes personalidades que dominaban sus respectivos campos profesionales, o por lo menos, gozaban del beneplácito de una crítica favorable dentro del sector.

En la actualidad, no estamos en disposición de determinar cuáles son los condicionantes bajo los que Pedro de Raxis obtuvo el título de maestro pintor; sin embargo, si es factible elaborar una teoría que, lejos de suponer un quiebro decisivo para la Historiografía y la Crítica, supondría un intento de acercamiento a la realidad de su concepto de la pintura con la de Juan de Aragón. Esta es una idea totalmente factible y concordante en todos los sentidos, ya que del estudio de la pintura de este maestro se vislumbran afinidades estilísticas interesantes que posibilitan un más que mero acercamiento en el uso cotidiano de pictoricismos y recursos estético-plásticos que le son propios a Aragón. En este sentido, descubrimos otras similitudes que fuera del complejo mundo de los recursos técnicos y plásticos, son igualmente coincidentes y que descubriremos en sucesivas páginas.

Juan de Aragón era un más que referente dentro de la pintura granadina del Seiscientos para cuando Pedro de Raxis deambulaba por el taller paterno-familiar; sus logros como pintor constituyeron metas que prontamente se verían refrendadas con el transcurso de los años y con la ulterior toma de experiencia. Entre otras cosas, los principios de Juan de Aragón también se vieron forzados en cierta medida al desarrollo de capacidades pictóricas antes de encomendarse a trabajos de alto standing; es decir, con la elaboración casi manufacturada de pinturas para doseles de guadamecí que hasta 1554 anduvo practicando entre algún que otro interesante encargo como la decoración de la Capilla Mayor de la parroquial de Santiago o el truncado proyecto del retablo de San Jerónimo. Lo cierto es que hasta 1566 podemos documentar este tipo de trabajos menores en un amplio abanico de relaciones con otros tantos maestros, entre los que habríamos de destacar a Palenque, Luis Machuca, Sánchez y muy posteriormente, Pablo de Rojas y Pedro de Raxis.

Juan de Aragón, el maestro dorador y pintor que documenta Florentino Zamora como vecino de Granada perteneciente a la colación de Santiago en torno a 1571, y luego, a la de San Andrés unos años más tarde, era por tanto un maestro de incuestionable categoría dentro del marco pictórico granadino; lo cual, le había supuesto encargos tan relevantes como el dorado y estofado del retablo del Altar Mayor de la iglesia del Real Monasterio de San Jerónimo de Granada. Esta misma fortuna, fue la que le llevó a recibir la contrata de retablo de la Capilla Mayor de los Loaisa por parte de Don Martín Jofre para el convento de la Orden de las Carmelitas Calzadas. Como dice el ilustre historiador, el mismo no se conserva en la actualidad, y es más, fue sustituido en el siglo XVIII por otro de nueva fábrica. Hemos de apuntar aquí, que para cuando resulta el empeño acabado, Juan de Aragón recurre a la tasación de Pedro de Raxis sobre sus trabajos en la que sería la capilla funeraria de los Loaisas en Granada . La relación entre ambos pintores, debió de ser más que cordial, pues incluso hay precedentes de tasaciones del joven Raxis respecto a trabajos de Aragón. Concretamente datan del 21 de marzo de 1581 y del 23 de mayo del mismo año , por lo que dicha asiduidad es más que interesante y apuntan a una relación que sobrepasa, a tenor de la constancia, los límites meramente profesionales.

Por su parte, Juan de Aragón en 1530 hizo dos doseles y en 1554 otros dos a dos ducados cada uno por las pinturas. En 1559 realizó tres doseles por cinco ducados y medio pintando el arco de la Capilla de San Ildefonso con ángeles, follajes y remates. En 1566 realizó otros cuatro doseles. Como vemos, Pedro siguió sus pasos en relación, muy posiblemente, con el taller de Juan de Orihuela.

MAESTROS GUADAMECILEROS Y SU CONEXIÓN ARTÍSTICA CON PINTORES.

Dentro de este interesantísimo capítulo primerizo de introducción al conocimiento de las diferentes personalidades artísticas granadinas, y también de las relaciones indistintas que llevan aparejadas el dominio y colación de un mercado por explotar; los estudios no publicados de Don Manuel Gómez-Moreno González se nos antojan más que reveladores. Esas notas pertenecientes al Instituto que lleva su nombre, son la aportación más decisiva dentro del capítulo raxiniano y su concreción como maestro pintor en Granada en la década de los ochenta y la dedicación de su taller a la elaboración de estas manufacturas, que por otro lado, él diseñaba y sus oficiales y discípulos ejecutaban; en buena parte nos hemos servido de ellos para la confección de este estudio.

Hablar del arte del guadamecí en la Granada transitoria, es confirmar la superioridad del clan o familia de los Orihuela, de entre los cuales, será precisamente Juan de Orihuela , vecino de Granada que habitaba en una casa de la colación de San José, casado con Isabel de Lendínez y que, había tenido un hijo (Gaspar) y cinco hijas todos ellos naturales, y el máximo exponente por el hecho de ser el patriarca indiscutible; y lógicamente, porque de sus limitaciones parten en buena medida las aspiraciones de sus sucesores y continuadores con sus respectivas tiendas y talleres. El cambio sustancial que hace diferenciar el caso particularísimo de Juan con respecto al de su hermano y sobrinos radica en el hecho de que los segundos, hicieron el verdadero negocio y prosperaron mucho más. Pillaron las fatales circunstancias anotadas arriba y Juan no.


De hecho, para cuando el maestro se encuentra en plenas facultades, en tiempos de Juan de Aragón, el caudal cobrado por la elaboración de un dosel de guadamecí, en su parte pictórica queremos decir, no sobrepasaba nunca de los dos ducados; por el contrario, en tiempos de Hernando, Raxis cobraba indiferentemente cerca de los cuatro ducados por su participación .

Sin embargo, como señala Don José Manuel Gómez-Moreno Calera, Juan de Orihuela no era un maestro guadamecilero; o por lo menos, eso es lo que pudiera deducirse a tenor de las referencias conservadas. En nuestra opinión, éste sería o se sentiría más que guadamecilero, un pintor - dorador y manufacturero por las circunstancias de no negarse la posibilidad de contratar más obras. Sin embargo, quizá tengamos acostumbrado a tratarle como maestro guadamecilero, entre otras cosas, por su relación artística con los maestros pintores del momento.

A Juan de Orihuela podemos documentarle en los trabajos pictóricos del retablo de Guadahortuna junto a Ginés López. Sin embargo, para cuando se hayan contratados dichos trabajos por su parte, le sobreviene la muerte y se produce una cesión de la contrata entre Isabel de Lendínez, viuda, y Pedro de Raxis que desde hacía muy poco era su yerno al contraer matrimonio con Melchora Marín. Es precisamente esta circunstancia la que queremos hacer notar, pues a partir de la fecha de 1581 se suceden más noticias que allanan en mucho un terreno delicado como resulta el determinar cuál es la actividad de estos maestros guadamecileros.

En contra de la teoría de José García Granados , más acertada nos parece la idea del profesor Gómez-Moreno Calera, quién al amparo de la documentación contrastada y recogida, sostiene que la muerte de Luis Machuca en 1573 supuso nuevamente un parón importante para el buen desarrollo de las obras guadahortureñas. Así se habilitó la entrada a colación de otro gran maestro de irrefutable fortuna crítica, la de Juan de Orihuela y el soplo de aire fresco que se supone de Ginés López como abanderado de la nueva ornada de maestros pintores-doradores del círculo granadino. Así, por cesión y contrato, la parte pictórica pasó a manos del futuro suegro de Pedro de Raxis. Como decimos, su llegada junto a López, seguro que nada extraños, insuflaron la novedad a priori a la costosa fábrica demasiado ralentizada para las fechas en las que nos encontramos, prolongándose catorce años sin contar con los que todavía restan hasta que se supone terminado por Juan García Corrales en 1621. Perece lógico pensar que el mayor peso en las labores de pintura correspondería a Juan de Orihuela y, creemos que su papel sería fundamental habida cuenta de que los temas principales, los ubicados por tanto en la calle principal, fueron los mismos restando aporte de una u otra manera a la madera. Esto es un índice sintomático, pues hasta el momento la pintura no había sido concebida en nuestra provincia como la parte preponderante, dominante y en suma, más relevante dentro de un proyecto retablístico; idea que llegará a su máxima expresión y definición con la sensibilidad purista de Ambrosio de Vico . Habrían de maniatar su mano y su paleta al gusto y moda que había hecho imperar el talento de Luis. Quizá, encontremos aquí un sentido para la continuada parálisis, total o parcial, de la ejecución. Creemos que pedir a un maestro como Orihuela —de contrastada reputación, junto con López supone para el desarrollo de las artes plásticas granadinas un escalafón inmediatamente posterior y superior, es decir, algo más evolucionado técnicamente— el que maniate su factura a lo realizado por Machuca, necesita de un período transitorio de acondicionamiento estilístico-formal. De ser cierta la participación de Arce, lo mismo hubo de ocurrirle a Francisco Sánchez, y en cuyo caso, se nos antoja algo más complicado por la diferencia de materia ya que no es tan fácil corregir sobre una talla como en una pintura. Por supuesto, el mismo caso debió de centrar la actividad de Pedro de Raxis.

De los documentos contrastados, estudiados analíticamente, transcritos, leídos comprensiva y reflexivamente, es fácilmente advertible un hecho capital. Que Juan de Orihuela en su compromiso para aquel retablo, cometió un fallo garrafal. Conservamos pues un documento que versa sobre la polémica deuda contraída por el maestro y sobre la conveniente participación de los bienes que había concedido en dote matrimonial a Raxis, casado con su hija Melchora desde 1579. Es un pleito sobre algunos de los bienes inmuebles que Juan de Orihuela había cedido en concepto de dote matrimonial a la pareja recién casada, pues al parecer, no estaba muy en disposición de fortuna económica para ofrecerles en ese momento dinero, pero si algún bien que había rentabilizado años antes fruto de su actividad como pintor-dorador.

Según el documento, Juan de Orihuela en vida contrajo una deuda con un tal Juan de Roxas, batidor de panes de oro, por cantidad de 76 ducados. De por sí, se desprende que por aquellos momentos la actividad profesional estaba más encaminada a los guadamecíes o la de dorador. Pero es la misma cuantía de la deuda la que incita a pensar que probablemente, tal cantidad de panes de oro fueran para algún trabajo de gran empréstito tipo lo que faltaba por dorar del retablo de Guadahortuna que sería un fatal error a la larga de haberlos comprado para éste, si bien no se le obligaba a comenzar su labor hasta estar acabada la talla y la arquitectura del mismo. La realidad, sin saber gran cosa, es que no había pagado al batihoja y para 1581 Orihuela había fallecido dejando una deuda ante la que tendría que responder evidentemente su viuda y de no ser así, los bienes que el mismo Juan ofreció como garantía. Setenta y seis ducados parecen una cantidad más que significativa, es decir, la misma en panes de oro serían necesarios para acabar de dorar un conjunto bastante grande. El trágico suceso de su muerte le impidió acabar su trabajo en Guadahortuna, y por tanto no pudo cobrar lo que se le pagaría por su realización junto a Ginés López. Sea como fuere, la realidad es que el mismo batidor, el dicho Roxas tampoco sería quien reclamase el pago de la deuda contraída porque para ese año (1581) igualmente había fallecido, por lo que su viuda, una tal Sabina de Peralta se vio en la obligación de reclamarla directamente con la intervención de los bienes que se pusieron en concepto de garantía por fianza.

Es muy posible y probable que la viuda —Isabel de Lendínez— estuviera respaldada por Hernando de Orihuela, hermano del difunto, aunque nos parece muy extraño que no haya aparecido ningún documento que así lo testimonie y sí en cambio, aparezca el nombre de Bartolomé Díaz, otro maestro guadamecilero como testigo del trasunto junto a Salamanca dorador, antojándosenos a priori y sin poder afirmarlo con rotundidad que éste estaría muy próximo al círculo de Hernando y hubiera sido enviado por el gran maestro guadamecilero ante la imposibilidad de personarse él mismo. De esta forma, en mayor o menor grado, Hernando estaría al tanto y convenientemente dispuesto en ayudar en todo lo que buenamente pudiera.
A la muerte de Juan, el maestro guadamecilero por excelencia en Granada es Hernando de Orihuela. Son los estudios no publicados de Don Manuel Gómez-Moreno González, los que aportan mayor información al respecto. Esas notas del Instituto Gómez-Moreno son importantes dentro del capítulo de guadamecíes y su concreción como maestro en Granada en la década de los ochenta. Si la actividad de Juan es ciertamente ambigua, las dichas notas inducen a pensar que las pinturas que realizaba Pedro para doseles, las concertaba directamente con Hernando. De lo que no cabe duda, es que hay una intensa actividad profesional que ata durante estos primeros años de actividad a Pedro con el clan de los Orihuela, ya que el documento de la dote matrimonial es bastante explícito al respecto, e historiográficamente se viene pensando que ya para 1579 el joven alcalaíno viene haciéndose cargo de las obligaciones de Juan y, se encuentra haciendo pinturas para doseles de guadamecí. Curiosamente, Don Manuel, recogió una serie de noticias sobre maestros guadamecileros hoy recopiladas en el Legajo CXXXI del Instituto Gómez-Moreno, concretamente desde el folio 130 en adelante.

En sus papeletas, deja claras las relaciones de Pedro con Hernando: <<En ocho de Junio de 1582 se libraron a Hernando de Origuela guadamecilero y Pedro de Raxis pintor 360 reales. 140 al primero por setenta piezas de guadamecil dorado que entraron en un dosel con un ciclo que hizo para el Hospital General y 220 al segundo por las pinturas>>. Ésta noticia, es un índice significativo de la relevancia que la pintura tuvo en la configuración de los mismos, pues estaba mucho mejor pagado.

Son muchas las referencias que indican la labor pictórica para el taller de Hernando o de los Orihuela. No obstante, esto no es definitivo ni definitorio de la concreción de su aprendizaje con Juan, lo que nos parece posible pero poco probable: <<el 14 de diciembre de 1582 se dieron a Hernando de origuela 328 reales por un dosel de guadamecil dorado con su ciclo, para la iglesia de S. Bartolomé. Se le dieron 110 reales a Pedro de Raxis, por la pintura de las imágenes de Cristo Crucificado, S. Juan y María y los escudos de SI>>. <<En el mismo día [14 de diciembre de 1582] se dieron 335 reales a los mismos [Hernando de Orihuela y Pedro de Raxis] por un dosel de guadamecil para S. Cristóbal con 100 piezas y las imágenes iguales a las de otro [San Bartolomé]>> . Estas noticias indican cuál es la evolución de los tipos y modelos iconográficos pictóricos granadinos para este caso. Como norma general, suelen ser pequeñas pinturas dónde se figura un Cristo Crucificado normalmente secundado en sus respectivos lados por las figuras de los Santos Juanes, o bien, por las figuras de la Virgen María, o bien Santa Ana o María Magdalena.

Como vemos, si hay una relación explícita con Hernando, sin embargo, todavía, no se ha nombrado a Juan, su suegro. Continua: <<El mismo Pedro de Raxis dio a Isabel de Lendínez que había quedado viuda de Juan Orihuela y que era su suegra, el 14 de diciembre de 1583 recibieron 34.086 reales de algunas obras. Sabemos que a Hernando de Orihuela, guadamecilero, por cinco doseles de guadamecíes dorados, cada uno de 49 piezas son (…) a la dicha isabel de Lendinez por la pintura de los doseles con las imágenes del Crucificado Juan y María y los dos escudos a 6 ducados por la pintura de cada dosel. A la misma por otras tres imágenes que s añadieron al dosel de Niguelas y fueron los dos Santos Juanes y Magdalena>>.

Éstas, aparentemente pueden ser noticias poco interesantes, pues tampoco interesarían tanto las manufacturas de los mismos sino es por sus pinturas. Sin embargo, nosotros nos aventuramos en hipótesis porque hemos visto que tradicionalmente este pintor, Juan García, será un asiduo colaborador de Pedro en el futuro. Lógicamente, esta noticia deja un mínimo resquicio, muy seductor, que induce a pensar que al igual que Pedro mantuvo una estrecha relación profesional y social con los Orihuela, muy probablemente, Corrales sería una prolongación dilatada en el tiempo de dicha relación entre el taller ahora de Pedro y el taller de Hernando de Orihuela, heredado por su hijo Baltasar. Queremos decir con esto que hubo una más que indubitable relación con el taller de Hernando y luego de su hijo Baltasar. De esta forma, la mancomunidad formada por los Orihuela y Pedro, Corrales, etc., hacía o se aseguraba la pervivencia y un futuro así como Pedro la había mantenido con su suegro; y luego con su posible discípulo Corrales, el cual a su vez, lo tenemos documentado trabajando con Baltasar de Orihuela y que continuó la tradición formativa de los pintores granadinos en la manufactura de doseles porque en 1607, elaboró dos de estos para Lanjarón, corriendo las pinturas a cargo de Juan García del Corral o Corrales


Pero esta estrecha colaboración entre talleres, entre Raxis y Hernando, no es nada rara. En su empeño Manuel Gómez-Moreno, en otra de sus famosas papeletas recoge que en 1583 se libraron 15.682 maravedíes por un dosel de 205 piezas de guadamecí para la parroquial de la Zubia. Que había realizado otros tres doseles con sus ciclos e imágenes de Cristo, la Virgen y San Juan y los escudos de prelado por 17.904 reales, y 6 ducados y medio expresos para Raxis por las pinturas de estos, concretamente, realizados para las parroquiales de Acequias, Mondújar y Acequia del Valle. Y, que en 1585, realizó otro de iguales características para Tablate .

El hábil continuador del taller de Hernando, fallecido en torno a la primera mitad de la década de los noventa, fue Fernando de Orihuela. Y si bien su padre había sacado provecho de su actividad profesional, éste terminó por copar definitivamente el mercado con la incorporación de su hermano menor Baltasar y a Bartolomé Díaz, oficial en su taller. La relación con Pedro, había sido continuada al igual que lo hizo su tío y padre. Por otra parte, la actividad del taller pictórico del alcalaíno había supuesto una parte activísima en el reflote de la economía familiar como hemos apuntado. Entre otras cosas, Fernando se encargó de que su taller mantuviera un ritmo de producción altísimo permitiéndole una hacienda sin igual, donde el director de orquesta sería su propio hermano mientras él, se encargaba de las labores capitales con los tratantes de materias primas. El rendimiento estaba asegurado y Pedro, como amigo personal de Fernando, procuró que sus discípulos encontraran una salida en el mismo, concretamente, Corrales.

Fernando de Orihuela, al igual que luego Baltasar, terminaron por fiarle a Pedro junto con todos los citados antes arriba. Éste habitó una casa en la parroquia de San Gil y además tenía una serie de casas de posada en la misma Calle Gomerez junto a las que tenía Machuca que valían quinientos ducados. Por su parte, Baltasar vivía en la de Santa Ana, tanto uno como otro le dieron quinientos y trescientos ducados respectivamente a Raxis, así como le fiaba con sus mismos bienes raíces y muebles. Si bien el segundo para 1586 tenía treinta años, es de suponer que si Pedro era de treinta también, Fernando tendría entre treinta y cinco a cuarenta y cinco años aproximadamente.

Tomás de Baltasar, pintor vecino de la colación de Santiago, para 1586 tendría su propio taller y tienda. Su hacienda sería lo suficientemente abonada como para fiarle quinientos ducados. Don Manuel también recoge la noticia de la tasación de una obra de Raxis, en la que se dice: <<Yo tomas de Baltasar pintor vecino de Granada, he visto la pintura de Cristo con San Juan y María y dos historias, una del Rico Nacimiento y otra del Señor de Abrahan, y dos escudos de armas de su Ilustrísima, y digo que yo la mire con cuidado y á lo que Dios me da á entender la sobre dicha pintura vale beinte ducados>>, donde se explicita una pintura para un dosel que tasó el 18 de junio de 1582; pero ¡ojo!, ¿por una sola pintura de guadamecí o por dos lienzos y un ciclo para dosel? . Nosotros creemos más lo segundo.

Tomás de Baltasar, era uno de estos pintores discípulos del maestro alcalaíno, de origen soriano, venido a menos del que, si bien no tenemos documentados sus trabajos, sí sabemos que era natural de Soria y había venido a Granada buscando como otros tantos una fortuna crítica tanto en lo personal como en lo profesional. Si para la fecha, tenía treinta y seis años, así mismo, es factible que obtuviera una primitiva formación en su tierra natal y luego con Pedro de Raxis. Lo cierto es que en su ciudad natal tenía una heredad de viña y tierras heredadas que puso de fianza junto a quinientos ducados a favor de Raxis. Incluso, luego nos lo encontraremos como testigo en bautizos de la familia, por lo que es de suponer que Pedro contó con un buen colaborador y amigo en lo personal.

CONCLUSIÓN.

Las relaciones artísticas entre maestros pintores, escultores, aparejadores y arquitectos de la Granada de transición al Setecientos es harta complicada de desgranar. Esto es tan sólo un breve apunte de las mismas que, espero, servirá en el futuro para compendiar la actividad y producción de muchos artistas desde una perspectiva mucho más precisa, bien locales, bien foráneos; pero muy especialmente, la de Pedro de Raxis. Alcalaíno que establece tienda-taller propia en torno a 1579 y que, tradicionalmente, se le ha supuesto como aprendiz y oficial de Juan de Orihuela, aunque se forma con Juan de Aragón primero, y en el círculo de Coello y Barroso en El Escorial. Muerto aquél, éste se hizo cargo de las obligaciones de su difunto suegro.
Los datos biográficos que se recogen en el apéndice documental, muestran noticias sobre Diego de Aranda, Pedro de Raxis, Jerónimo de Salamanca, Tomás de Baltasar, Hernando, Fernando y Baltasar de Orihuela entre otros. Creo que son un aporte rico en noticias a partir del cual, nos serviremos los estudiosos para futuras puestas al día sobre la evolución de los tipos y modelos plásticos en el arte granadino de transición. Porque lo que es seguro, es que además de la pintura, ésta como parte integrante en las denominadas “artes menores/hermanas”, junto con el arte de la miniatura —que igualmente trabajó Pedro de Raxis—, la vidriera o el arte del bordado, juega un papel capital en la evolución lineal de las imágenes del momento.


Córdoba, Museo Provincial de Bellas Artes. Atribuído a Baltasar del Águila, 1550 aproximadamente. Óleo sobre piel curtida.
AD 1

1585, 20 de noviembre.

AVERIGUACIÓN DE CAUDALES DE LOS FIADORES Y PARTES CORRESPONDIENTES .

Archivo Histórico de Úbeda (A.H.U). Legajo 98, Folio 211 r – 221 vº

<<En la ciudad de Granada, a diecinueve días del mes de noviembre de mil quinientos ochenta y cinco años, ante el señor Licenciado Diego de Miranda, Alcalde Mayor de esta ciudad de Granada, por el muy Ilustre señor Arévalo de Zuazo, Corregidor de esta ciudad y su tierra, por ante ellos compareció Pedro Raxis pintor, y dijo que a él le conviene probar y averiguar con testigos como Juan Serrano platero, y Diego de Navas entallador, y Blas de Aranda bordador, y Antonio Carrasco batidor de oro, y Jerónimo de Salazar, y Fernando de Orihuela, vecinos de esta dicha ciudad de Granada; son personas ricas y abonadas en mas cantidad de nueve mil ducados. Porque tienen y poseen los bienes raíces y caudales siguientes:

El dicho Juan Serrano, tiene unas casas en esta ciudad de Granada en la parroquia de Santiago, linde con casas de Juan de Aragón; y casas de García Martín que valen quinientos ducados. En oro y plata de buen caudal trae, mil quinientos ducados.(…).

El dicho Blas de Aranda bordador, tiene seis pares de casas, todas en la colación de Nuestra Señora Santa Ana, que alindan las unas con las otras. Que por ser conocidas no van deslindadas, que valen mil ducados y en caudal trae quinientos ducados.

El dicho Antonio Carrasco, tiene unas casas principales en la Plaza Nueva de esta ciudad, linde con casas de Melchor de Castro platero y casas de Jaime de la Fonte; con otras casas pequeñas que alindan con tiendas de Miguel Aguilar en la Plaza Nueva frontero de las casas en que vive. Valen mil ducados.

El dicho Jerónimo de Salazar, tratante en sedas, tiene las casas en que vive con otras / accesorias a ella en la colación del Señor San Nicolás. Que la accesoria que ganó vale veinte ducados cada una dicha, que alindan con casas de Miguel Aguilar, que vale mil ducados. Y de caudal de seda trae mil ducados.

El dicho Fernando de Orihuela, guadamecilero, tiene unas casas de posadas en la Calle de los Gomerez que valen quinientos ducados que alindan con casas de Machuca y el Doctor Salmerón. Y en su caudal trae quinientos ducados.

Y todos los cuales dichos bienes son propios de las personas de yuso declaradas, libres de todo o en gravamen de censo, pidió al señor Alcalde Mayor que la información que sobre ello dieren, y lo que los testigos dieren y dispusieren se lo han de dar en pública forma, y pidió / justicia y juro, este pedimento en forma. Pedro Raxis.

Yo el Alcalde mayor, mando que de información, y dada promesa a justicias y el examen de rostros, cometió a mí, el escribano público yuso escrito y a Luis de Leyva escribano, a los cuales y a cada uno “in solidum”, dio poder y comisión en forma. Jerónimo Verdugo, escribano público.

Y en la ciudad de Granada, en dicho día, mes, y año dichos, el dicho Pedro Raxis, para la dicha información, presentó por testigo a Juan Gómez, al que se hizo llamar por en nombre de Matías de Lendínez, que labrador y vecino de Granada a la colación de San Gregorio, del cual, se recibió juramento en forma de derecho so cargo del cual, siendo preguntado por el dicho pedimento dijo que conocía a todos los contenidos en el dicho pedimento de más de veinte años a esta parte de vista, trato, y comunicación que con ellos y cada uno de ellos ha tenido / y tiene; y les ha visto tener y poseer a los susodichos y cada uno de ellos, los bienes raíces y muebles contenidos en el dicho pedimento por suyos y como suyos, sin contradicción de persona alguna, y con tales posesiones, los susodichos y cada uno de ellos gozan y han gozado, y al presente los tienen y poseen; y aunque todos los susodichos son abonados en más cantidad de nueve mil ducados, porque además los susodichos tienen los dichos bienes muebles y raíces, en sus casas tienen otras presas y cosas de mucha calidad y cantidad, donde son esclavos y esclavas, y plata y oro, y si es necesario esté testigo desde luego queda por abonador de los susodichos y cada uno de ellos porque tiene este testigo de hacienda y es abonado en más cantidad de mil ducados porque tiene cuarenta marjales / de tierra en terreno de esta ciudad en el Parque del Fargue, y unas casas en la colación de San Matías, linde de los frailes de Santa Cruz, y en su casa, muchos bienes muebles y presas buenas. Y esta es la verdad so cargo del juramento que tiene hecho, y es de edad de sesenta años, y no le tocanlas generales. Y lo firmó Matías de Lendínez ante mí, Luis de Leyva, escribano público. (…)

En Granada, en el dicho día, mes y año dichos, el dicho Pedro Raxis, para la dicha información, presentó por testigo a Tomás de Baltasar, pintor vecino de esta ciudad en la colación de Santiago del cual, se recibió juramento en forma de derecho so cargo del cual, siendo preguntado por el dicho pedimento dijo que conoce a todos los contenidos en el dicho pedimento y a cada uno de ellos de más tiempo de tres años a esta parte vista, trato, y comunicación que con ellos y cada uno de ellos / ha tenido y tiene; y así mismo, sabe que los susodichos y cada uno de ellos ha tenido y tiene, y asimismo sabe que los susodichos y cada uno de ellos tienen y poseen como suyos y por suyos, y les ha visto tener y poseer los bienes muebles y raíces en el dicho pedimento contenidos; porque sabe que son bienes raíces y muebles de todos los susodichos y cada uno de ellos, que validan las contías contenidas en el dicho memorial, y sabe que son abonados en la dicha cantidad de los dichos nueve mil ducados, y los serán al tiempo y cada testigo cuando de ellos lo quisieren cobrar. Y si es necesario, este testigo les abona por tener como tiene de hacienda en deudas que se le deben de que tiene escrituras y conocimientos en su favor, quinientos ducados; y si en los dichos quinientos ducados, tiene en la ciudad de Soria donde este testigo es natural, una hereda de viñas y una lindaleza de tierra calma que valdrá / doscientos ducados; y en la dicha cantidad de lo uno y de lo otro se le abona por ser como los susodichos son y cada uno de ellos, personas abonadas. Y esta es la verdad so cargo del juramento que tiene hecho, y es de edad de treinta y seis años y no le tocan las generales. Y lo firmó Tomás de Baltasar ante mí, Luis de Leyva, escribano público.

En Granada, en el dicho día, mes, y año dichos, el dicho Pedro Raxis para la dicha información presentó por testigo a un hombre que se hizo llamar por su nombre Pedro Gómez, que es sastre vecino de Granada a la colación de San Gil, del cual, se recibió juramento en forma de derecho so cargo del cual, siendo preguntado por el dicho pedimento, dijo que conoce a los contenidos en el dicho pedimento y a cada uno de ellos de más de seis años a esta parte de vista, trato, / y comunicación que con ellos y cada uno de ellos ha tenido y tiene, y sabe que los dichos bienes raíces y muebles contenidos en el dicho pedimento son propios de los susodichos y de cada uno de ellos, porque como tales, este testigo se los ha visto tener y poseer, y los tiene y posee sin contradicción de persona alguna; y sabe que son abonados en cantidad de nueve mil ducados porque además de los dichos bienes que los susodichos tienen, que este testigo conoce y tiene noticia, algunos de los susodichos tienen en sus casas, muchas presas buenas. Y si es necesario, este testigo les abona porque tiene de hacienda quinientos ducados en presas de casa y cosas que lo valen antes más que menos, y en la dicha cantidad los abona por ser como son los susodichos personas abonadas, y lo / serán en la dicha cantidad cada y cuando los quieran cobrar de ellos. Y esto es verdad para el juramento que tiene hecho, y es de edad de treinta años y no le tocan las generales. Y no lo firmó porque dijo que no sabía ante mí, Luis de Leyva, escribano público.

Y luego, en el dicho día, mes, y año dichos, para la dicha información, el dicho Pedro Raxis presentó por testigo a Bartolomé Díaz, guadamecilero vecino de Granada a la colación de Santiago, del cual se recibió juramento en forma de derecho so cargo del cual, siendo preguntado por el dicho pedimento, dijo que conoce a los contenidos en este pedimento y a cada uno de ellos de más tiempo de veinte años a esta parte vista, trato, y comunicación que con los susodichos y cada uno de ellos ha tenido y tiene, y sabe que tienen y poseen / los bienes contenidos en el dicho pedimento, y por ser como son propios de ellos susodichos, y de cada uno de ellos, y valen las contías en el dicho pedimento, por conocerlos y haberlos visto el testigo a los dichos bienes, así raíces como muebles, los cuales los tienen y poseen sin contradicción de persona alguna, y sabe que todos los susodichos son abonados en la dicha cantidad de los dichos nueve mil ducados, y lo serán cada cuando de ellos quieran cobrar, por ser como son personas abonadas, porque este testigo si es necesario, le abona en cantidad de doscientos ducados, y más que hace en hacienda de este testigo y los tiene en su trato de tienda y bienes de casa, y esto es verdad so cargo del juramento que hecho tiene. Y es de edad de más de cuarenta y cinco años y no le tacan las generales. Y lo firmó Bartolomé Díaz ante mí, Luis de Leyva, escribano público.

En Granada, en el dicho día, mes, y año dichos, para la dicha información, el dicho Pedro Raxis presentó por testigo a Baltasar de Orihuela, guadamecilero vecino de Granada a la colación de la Señora Santa Ana del cual, se recibió juramento en forma de derecho so cargo del cual, siendo preguntado dijo que conoce a las personas declaradas y contenidas en el dicho pedimento, y a cada uno por sí de diez años de esta parte vista poco más o menos, de trato, y comunicación que con ellos ha tenido y tiene, y sabe que los bienes así raíces y muebles contenidos en el dicho pedimento son propios de los susodichos y cada uno de ellos, porque como tales los ha visto tener / y poseer, y los tienen y poseen sin contradicción de persona y valen los maravedíes que cada uno de ellos se declara por el dicho pedimento, y sabe que son abonados en la dicha cantidad de los dichos nueve mil ducados y lo serán cada uno cuando que de ellos se quieran cobrar, porque son personas abonadas y si es necesario, este testigo les abona en contía de trescientos ducados y más que vale su hacienda, trato de su oficio y bienes de su casa. Y esto es la verdad y lo que sabe, so cargo del juramento que tiene hecho, y que es de edad de más de treinta años y no le tocan las generales. Y no lo firmó porque no supo ante mí, Luis de Leyva, escribano público. (…).

Y luego, este dicho día, mes, y año dicho, el dicho Pedro Raxis para la dicha información, presentó por testigo a Juan de Estremera, alquilador de mulas y tratante en ellas, vecino de esta / ciudad de Granada a la colación de San Gil, del cual se recibió juramento en forma de derecho y siendo preguntado dijo, que este testigo conoce a todos los contenidos en el dicho pedimento, y sabe que tienen y poseen por suyos propios los bienes muebles y raíces contenidos en el dicho pedimento y al dicho Antonio Carrasco contenido en él, que le conoce y no tiene noticia de los bienes que tiene porque los conoce como dicho tiene de más de diez años a esta parte vista, trato, y comunicación que con ellos ha tenido y tiene, y durante este dicho tiempo este testigo, les ha visto tener por suyos y como suyos los bienes raíces y muebles contenidos en el dicho pedimento , y como tales los poseen sin ninguna contradicción, y sabe que todos los susodichos son abonados en más cantidad / de los dichos nueve mil ducados porque los son y serán cada que de ellos quieran cobrar por ser personas abonadas, que si es necesario, este testigo les abona en cantidad de mil ducados que vale su hacienda porque tiene unas casas en la Plaza Nueva que alindan con casas de Melchor de Castro platero, y unas mulas de alquiler y un cuartago junto al Llano Mucato y otros bienes muebles y presas que lo valen. Y esto es la verdad so cargo del juramento que hecho tiene, y es de edad de más de cuarenta años y no le tocan las generales. Y no firmó ante mí, Luis de Leyava, escribano público.

Por el Alcalde Mayor, vista la dicha información mandó que se le dé sello un traslado al dicho Pedro Raxis, / autorizado en pública forma en manera que haga fe para el efecto que lo pide en el cual, dijo que interponía e interpuso su autoridad y judicial de ordenamiento en tanto en cuanto con derecho puede; él lo firmó el Licenciado Miranda. Jerónimo Verdugo, escribano público>>.

AD 2

1581

PLEITO DE RAXIS CON EL BATIHOJA ROJAS.

Archivo Notarial de Granada (A. N. Gr), Legajo 232, folios 48-49 vº. Trascripción de Daniel José Carrasco de Jaime.

<<En la ciudad de Granada a veinticuatro días del mes de enero de mil quinientos ochenta y un años, ante mí, el escribano público y testigos yuso descritos, compareció Pedro de Raxis, pintor, y Jerónimo de Salamanca, dorador, vecinos de la dicha ciudad en la colación de san Gil, ambos de mancomunidad(…) dijeron que por cuánto Juan de Orihuela, pintor, difunto vecino que fue de esta dicha ciudad, por una cédula firmada de su propio nombre se obligó de dar y pagar a Sabina de Peralta, que a la razón era viuda mujer de Juan de Rojas, batihoja de oro, y vecina que de esta ciudad, setenta y seis ducados por razón que se los había dado en panes de oro para su oficio de dorador, y por parte de la se presentó la dicha cédula ante Francisco Román, escribano (…) que el dicho Juan de Orihuela la reconociese, el cual lo reconoció y en virtud de ella, pidió mandamiento de ejecución contra el dicho y sus bienes por los dichos setenta y seis ducados, y las costas, y por el dicho señor Alcalde, se le mandó dar y dio el dicho mandamiento y en su cumplimiento, se hizo la ejecución por bienes y especialmente en ciertos maravedíes y bienes que el dicho Juan de Orihuela dio en dote de casamiento al dicho Pedro de Raxis, y el dicho recibió con Melchora Marín, su mujer, hija legítima del dicho Juan de Orihuela; la cual dicha ejecución se dieron los pregones por el término del derecho a la cual el dicho Pedro de Raxis se opuso diciendo no haber habido lugar de hacer en los dichos bienes de la dicha dote por los tener, y poseer en virtud de ella y no ser bienes del dicho ejecutado y causas y razones que alegó, y dijo y pidió que la dicha ejecución se revocase por parte de la dicha Sabina de Peralta, y se replicó contra ello diciendo que se había de hacer remate de los dichos bienes y pago de la deuda y costas porque al tiempo que se había dado al dicho mandamiento de ejecución contra Juan de orihuela, tenía y poseía los dichos bienes y después los había dado en la dicha dote a la dicha su hija y expresamente quedaban obligados a la paga y cumplimiento de la dicha deuda por lo cual y por otras causas y razones que dijo y alegó, pidió se mandara hacer el remate de ellos con costas y sobre lo susodicho han pasado otros autos hasta tanto que el dicho pleito este concluído (…) y ahora visto que la dicha Sabina de Peralta tiene justicia por hacer buena obra al dicho Pedro de Raxis y porque no le despojen de los dichos bienes se han convenido con ella y con Juan de Rojas su marido, que les espera por los dicho setenta y seis ducados con que ellos se obliguen a pagarlos el plazo y de la forma que en esta escritura irá declarado, y ellos lo quieren así hacer (..) ser cierta y verdadera la relación de esta escritura, otorgaron y conocieron que se constituyeron como deudores de la dicha Sabina de Peralta (…) se obligaron de le dar y pagar los dichos setenta y seis ducados por la razón y causa sobre dicha (…) y los pagaran de hoy dicho día en dos años cumplidos primeros siguientes con las costas de la cobranza y para lo cumplir y pagar obligaron sus personas y bienes habidos y por haber (…) testigos que fueron presentes Bartolomé Díaz guadamecilero y Miguel Ramírez (…). Ante mí, Luis Díaz escribano público, Bartolomé Díaz, Pedro de Raxis, Jerónimo de Salamanca>>.


AD 3
1589

PRUEBA DE RELACIÓN ENTRE RAXIS Y SALAMANCA

Papeletas del Legajo CXXXI. Instituto Gómez-Moreno.

<<Que en 1589, tasó el dorado y estofado que Jerónimo de Salamanca hizo en el arca que para encerrar el Stmo. Había hecho Diego de Aranda para la Iglesia de la Zubia>>.


1585, 20 de noviembre.

AVERIGUACIÓN DE CAUDALES DE LOS FIADORES Y PARTES CORRESPONDIENTES.

Archivo Histórico de Úbeda (A.H.U). Legajo 98, Folio 211 r – 221 vº .Trascripción de Daniel José Carrasco de Jaime.

<<En Granada, en el dicho día, mes, y año dichos, para la dicha información, el dicho Pedro Raxis presentó por testigo a Jerónimo de Salamanca , doraror vecino de esta dicha ciudad a la colación de el Señor San Gil; del cual, se recibió juramento en forma de derecho so cargo del cual, siendo preguntado por el dicho pedimento, dijo que conocía a todos los contenidos y cada uno de ellos, a los unos de más tiempo de catorce años a esta parte, y al dicho Jerónimo de Salazar de tres o cuatro años / a esta parte vista, trato, y comunicación que con ellos y cada uno de ellos a tenido y tiene, y sabe que los susodichos y cada uno de ellos tienen y poseen, y le ha visto tener y poseer los bienes muebles y raíces en el dicho pedimento contenidos, que valora los bienes que cada uno de los susodichos tienen la dicha contía porque se los ha visto tener y poseer por suyos y como suyos, y así el público y notario que los tienen y poseen sin contradicción de persona alguna. Y así mismo, sabe que los susodichos son abonados en la dicha cantidad de los dichos nueve mil ducados, y los serán al tiempo que cumplan con lo contenido en la escritura que así se han de obligar, porque si es necesario, este testigo les abonará por tener como el testigo tiene de hacienda en caudal de oro y presas de casas, más de cuatrocientos ducados; / y en la dicha contía les abona. Y esto es la verdad so cargo del juramento que tiene hecho, y es de treinta y seis años poco más o menos, y no le tocan las generales. Y lo firmó Jerónimo de Salamanca ante mí, Luis de Leyva, escribano público>>.

AD 4

1592, 16 de junio.

TASACIÓN DE RAXIS SOBRE ARAGÓN

Archivo del Sr. Marqués del Cautelar. Estado del Arco.

<<Digo yo pedro Raxis q por mandado del Sr. don Martín de Loaysa vi y tasé un letrero en unas tablas q están al redor de la capilla y hallo en mi conçiencia q de ¿esamblar? las tablas y aparejarlas y hazer las letras de oro y campos açules y jaspes y color q se dió en los aderezos q se hiçieron en lo alto de la capilla vale y se paga con ochenta ducados todo como está dicho y esto es mi pareçer y lo firme fecho en Granada a 16 de junio de 1592.=Pedro Raxis (rubricado)>>.


1592, 29 de septiembre

SEGUNDATASACIÓN DE RAXIS SOBRE ARAGÓN

Archivo del Sr. Marqués del Cautelar. Estado del Arco.

<<Yo e hecho la diligencia q a sido pusible para descargar mi conçençia y hallo q vale lo q a hecho joan de Aragón fuera de lo q está obligado así en el retablo como fuera del cincuenta y zinco ducados y con esto se paga lo q vale y por q esto es berdad lo firme ques fecho en veynte y nueve de setiembre desde año de 1592.=Pedro Raxis (rubricado)>>

1581, 23 de mayo.

TASACIÓN DE RAXIS A ARAGÓN Y ROJAS EN ÍLLORA

Diezmos 64. Instituto Gómez-Moreno. Papeletas del Legajo CXXXI.

<<El 23 de mayo de 1581, Juan de Aragón y Pablo de Rojas hicieron unas (…) para la Iglesia de Íllora. Al parecer, Juan de Aragón realizó el dorado y estofado de un arca para la Sacristía de la iglesia de Íllora en 1581, se llamaron para tasar el dorado y estofado a P. de Raxis y Ferrer Pintor que tasaron el trabajo en 15.000 maravedíes el 21 de marzo de 1581>>.


1579

JUAN DE ORIHUELA VENDE SU CARMEN ANEXO AL DE NAVAS EN EL CAMINO DE GUADIX A JUAN DE LA TORRE.

Archivo Histórico Notarial de Granada (A.H.N.Gr), Legajo 218, Folios 511vº - 514vº

<<Sepan cuántos esta carta de venta vieren, como yo Juan de Orihuela pintor vecino que soy en esta ciudad de Granada en la colación de la Señora Santa Ana, otorgo y conozco que vendo a vos, el señor Juan de la Torre vecino de esta ciudad, y que soy de esta ciudad de Granada para vos y para quien de vos hubiere causa conviene a saber comunicar bien con su casa que yo tengo y poseo y no beneficie que mas que es en término de esta ciudad de Granada en el río Darro que fue de Harís, morisco, que le llaman El Carmen del Estanque y alinda con el camino de Guadix y con el Carmen de Diego de Navas que fue del (…) y con el río que tiene y los marjales y los treinta y ocho estadales, y así mismo los vendo un pedazo que tenía con que así mismo hube y compré en el camino de Guadix linde del dicho Carmen y del Barranco que dicen de La Mugaida, y con las tapias del camino de Guadix y con cármenes que posee Diego de Navas y el dicho (…) tiene tres marjales y sesenta y dos estadales, el cual dicho carmen y pedazo le vendo con todas sus entradas y salidas, pertenencias, derechos, usos y costumbres cuántas tiene, y le pertenece de dicho y de derecho, y en esta manera sin cargo de ningún censo o tributo gravamen ni otra hipoteca que sobre ello está impuesto ni cargado por precio y cuantía de ciento noventa ducados que por él habeis de pagar en esta manera. Los setenta ducados de ellos que me dais y pagais ahora de presente en reales al contado realmente y con efecto, y de ellos me otorgo por contento a mi voluntad porque los recibí realmente y renuncio a la ejecución de la innumerata pecunia y leyes de la prueba y paga como en ella se contiene, y por los ciento veinte ducados restantes, a cumplimiento a los dichos ciento noventa ducados os habeís de hacer cargo de pagar censo por ellos al Licenciado Rodrigo de Santiago, abogado en esta corte como marido y conjunta persona de doña Mencia de Santa Cruz, que ahora el cual dicho censo os habeis de hacer cargo de pagarle en cualquier forma y parte de un censo de seiscientos ducados de prima (…) al cual al pago, impuestos sobre mi persona y bienes en el cual dicho censo y para la seguridad del estar hipotecado, este dicho carmen y en guarda a los dichos ciento veinte ducados le habeis de hacer reconocimiento en forma para le pagar censo por ellos a razón de a catorce mil maravedíes el millar desde hoy día de la fecha de esta y a mi a sacar y pagar (…) del dicho censo en la dicha cantidad, y confieso y declaro que es justo precio y valor que éste dicho carmen vale los dichos ciento noventa ducados y no más, pero ahora y en algún tiempo más vale y pudiere valer de la tal demasía y más valor vos hago gracia y donación buena, jura y perfecta irrevocable que el derecho llama estrevalor, y cerca de ello renuncio la ley del ordenamiento real hecha en las cortes de Alcalá de Henares que habla en razón de las cosas que se venden y compran por más y menos de la mitad del justo precio y valga como en ella se contiene, de la cual, de los cuatro años en ella declarados que tenía para pedir recibos de la venta y suprimiendo a su justo precio que este caso no me aprovecharé, y desde hoy día de la fecha de esta me desisto y aparto de este dicho carmen y de la herencia y posesión, propiedad y señorío y otras acciones que a ello tengo, y lo cedo, renuncio y traspaso en vos el dicho comprador, y le doy poder cumplido par que por su autoridad y como quisiere vos podeis tomar la posesión de él que la tomais, y yo me constituyo por vuestro inquilino poseedor para el acudir con ella cada que vos me sea pedido, y le cedo y traspaso todos mis derechos (…) y por esta presente carta a la vez de una seguridad y saneamiento a que el dicho carmen que a vos así vendo, como real vendedor de derecho me obligo y de cualquier pleito, demanda y mala voz que a ello fuere movido y quisiere mover, tomaré la voz y defensa de este pleito y pleitos luego que por vuestra parte fuere requerido aunque se requiera siendo dicho cuando yo antes y después de ella, pues si de la aprobación de las probanzas y en cualquier estado del pleito y lo seguiré y acataré a mi propia costa, hasta vos dejar el dicho carmen quieta y pacíficamente, y encontrada a una alguna y si sanear no la pudiere y no quisiere abonar y restituirme estos dichos ciento noventa ducados del precio de él con más todos los mejoramientos y labores, repasos y edificios útiles y voluntarios que en ella hubiera hecho y mejorada, y el tiempo en valor que hubiere causado y con las costas y daños, intereses y menoscabos que sobre ello de vos siguieren y recrecieren; otro sí, me obligo que dentro de veinte días que corren desde el día de la fecha de esta, Isabel de Lendínez mi mujer, con mi licencia que desde luego le doy, y ni la revocaré y ratificaré y aprobará esta escritura y se obligará juntamente de mancomún con migo a todo lo en ella contenido, y a ejecutar cosa alguna si no lo hiciere y cumpliere pasado el dicho tiempo me pudiere reprimir de ello por todo rigor de derecho y prisión en vía ejecutiva cuan de ella represente a lo que (…) habiendo visto, oído y entendido es en ejecución de venta de susodicho (…) de alquiler que la acepto y recibo en mi favor como en ella se contiene y por razón de lo en ella, ante mí y de mí obligo y otorgo de pagar de la licencia de Santiago y a quien por él los hubiere de haber (…) en cada un año (…) por los dichos ciento veinte ducados los cuales dichos había porque vendí del dicho censo le dará y pagará en esta ciudad de Granada enteramente y sin pleito alguno del derecho de la dicha cesión (…) todo el tiempo que no lo redimiré y quitaré, y ni causas ni de acciones, y por la forma y manera que vos, el dicho Juan de Orihuela es obligado por la escritura del dicho censo y deudor de ello, os (…) recibaís a paz y a salvo hay, en donde manera y por razón de él está obligado a la paga del dicho censo, no pagueis ni las leyes cosa alguna cuántos los dichos ciento veinte ducados y corridos de ellos, y si alguna cosa pagare (…) lo pagare y por ellos me puedan ejecutar con los recaudos para que conste haberlos pagado y visitado; otro sí, me obligo que daré reconocimiento del dicho censo a favor del dicho Licenciado Santiago y a ello pueda ser apremiado; otro sí, me obligo de pagar el dicho aval que de esta venta se debe porque he vendido tu torre de alcabala y es mi cargo la paga de la dicha al carmen, y para así lo cumplir (…) y de cada una por lo que le hiciera es obligado y obligo nuestra propia persona y bienes habidos y por haber, y damos poder cumplido a cualesquier justicias y jueces de su Majestad, renuncio las leyes de cualquier fuero y juicio para que nos apremien si ello como por sentenciada por estima de juez competente basada en cosa juzgada y por nos cunda sanción, y renuncio cualesquier leyes y derechos en nuestro favor que dice que si la renuncia dicha (…) de lo cual lo firmamos la presente ante escribano público y testigos el yuso escrito y lo firmamos de nuestros nombres en el registro que es (…) en la ciudad de Granada a siete días del mes de mayo , año de gracia de nuestro Señor Salvador Jesucristo de mil quinientos setenta y nueve, siendo los testigos presentes, Pedro de Córdoba (…)>>.


BIBLIOGRAFÍA

Carrasco de Jaime, D. J. 2004, “Las iniciales historiadas de los libros de coro de la Abadía del Sacromonte de Granada. Estudio artístico”, en: Boletín de la Real Academia de BB.AA de Nuestra Señora de las Angustias. Granada.

Carrasco de Jaime, D. J. 2005, El retablo de la Capilla del Hospital de Santiago en Úbeda: estudio y documentos. Una aproximación a la obra de Pedro de Raxis. Trabajo de Investigación tutelada. Dir. Antonio Juan Calvo Castellón; y José Manuel Gómez-Moreno Calera. Granada.

Carrasco de Jaime, D. J. 2005, “Diego de Navas. Entallador y ensamblador del período de transición al setecientos”, en: Alonso Cano. Revista Andaluza de Arte. Nº 7, 3º Cuatrimestre. Segundo Año. Granada.

Ferrandis Torres, J. 1945, “Guadamecíes”, en: Boletín de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, Madrid.

García Granados, J. 1984, “La iglesia parroquial de Guadahortuna”, en: Cuadernos de Arte, dedicados a los profesores José Manuel Pita Andrade y Jesús Bermúdez Pareja, Granada.

Gómez-Moreno Calera, J. M., 1989, Las iglesias de las Siete Villas. Colomera. Guadahortuna. Íllora. Iznailloz. Moclín. Montefrío. Montegícar. Documentos y estudios de Arte Granadino, Granada.

Gómez-Moreno Calera, J. M., 1989, La arquitectura religiosa granadina en la crisis del Renacimiento (1560 / 1650). Excma. Diputación Provincial de Granada, y Univ. De Granada. Monográfica de Arte y Arqueología, Granada.

Gómez-Moreno Calera, J. M., 1992, El arquitecto granadino Ambrosio de Vico. Monográfica de Arte y Arqueología – Universidad de Granada. Granada.

Gila Medina, L. 1991, Arte y artistas del Renacimiento en torno a la Real Abadía de Alcalá la Real. Monográfica de Arte y Arqueología. Excmo. Ayuntamiento de Alcalá la Real y la Universidad de Granada, Granada.

Zamora, F. 1943, “El pintor Juan de Aragón y los Loaisas granadinos. Un retablo ignorado”, en: Archivo Español de Arte, CSIC, Instituto Diego Velázquez, T. XVI, Madrid.

Círculos Artísticos Granadinos en PDF
Artículo Formato PDF