COMENTARIOS SOBRE EL CÓDIGO
DEONTOLÓGICO DEL PERSONAL DEL MUSEO
Jose Carlos Rodrigo Herrera
Ldo. Historia del Arte
El Código de deontología para los Museos
pretende ser una especie de normativa mínima internacional sobre
los museos; creada a partir de las experiencias de los profesionales
de la materia, y es de carácter internacional, pero también
podemos tomarlas en el ámbito más local, sobre todo en
los aspectos técnicos y organizativos. La Carta de los Museos
Eclesiásticos referida anteriormente, más que pretender
ser universal, esta más enfocada a un área local española,
pero no obstante, dada su versatilidad puede también aplicarse
a otros países.
a) Las responsabilidades del órgano rector:
El Código anuncia que las responsabilidades del órgano
rectos son numerosas, entre las que se señalan específicamente
este documento del ICOM está la redacción y ejecución
de estatutos internos y constituciones, donde recoja los fundamentos
y legislaciones del museo, así como la definición de sus
objetivos, políticas, funciones y demás aspectos del museo.
También será el máximo responsable en:
- Infraestructuras:
Así, según el Código, el órgano rector es
el responsable de los diferentes locales con los que se compone el museo,
y que estos cumplan con sus cometidos. El acceso a estas instalaciones
ha de ser estudiada y regulada, prestando una especial atención
a eliminar las barreras arquitectónicas para, mejorar el acceso
los disminuidos, y teniendo en cuanta la seguridad de las personas y
de los objetos; también se ocupa del seguro. En la Cata Circular
anterior, estas funciones también son enunciadas, solo que no
explica quien debe ser su responsable.
- Financiación:
El órgano rector y su administración deben hacer que se
cumplan las diferentes actividades del museo. El control de los gastos
y de los ingresos ha de ser minucioso, así como de sus fuentes,
con precaución de no descuidar las actividades no rentables económicamente.
- Personal:
El órgano rector es también el responsable de todo el
personal del museo; este debe ser dirigido por el director o jefe, que
ha de ser conocedor y responsable de sus funciones y competencias. El
personal del museo ha de estar cualificado en sus responsabilidades,
para ello, la formación de este ha de ser permanente. También
es el responsable del voluntariado, que ha de estar reglado por escrito,
y en su normativa debe registrarse exactamente las relaciones de este
con el museo; su formación ha de ser eficiente en el caso de
realizar funciones museísticas.
En los museos eclesiásticos, el órgano
rector debe cumplir las mismas funciones que anuncia este Código,
así, la formación del personal es una constante referencia
en la Carta a los Museos Eclesiásticos.
b) Profesionalidad de los museos:
Según el Código, los profesionales de los museos deberían
respetar las leyes y normas establecidas en su profesión, así
como educar al público del museo sobre su labor, el Código
dice al respecto:
“Los miembros de la profesión museística
deben respetar las normas y leyes establecidas y mantener el honor y
la dignidad de su profesión. Deben proteger al público
contra toda conducta profesional ilegal o contraria a la deontología.
Han de utilizar todos los medios adecuados para informarle y educarle
respecto de los objetivos, metas y aspiraciones de la profesión,
con miras a hacerle entender mejor la contribución de los museos
a la sociedad.”
c) Sobre la profesionalidad del personal:
El Código recoge que los trabajadores del museo han de conocer
la legislación vigente y el Código de deontología
del ICOM, además de los demás códigos y políticas
museísticas; así dice que debe estar prohibida la utilización
personal de las colecciones del museo por parte de su personal, familiares
o allegados; tampoco se ha de aceptar regalos por el trabajo del museo,
excepto si estos son de cortesía y en nombre de la institución
interesada. Ningún negocio privado del personal del museo ha
de separarse totalmente de su actividad, y menos que sea en detrimento
a este y ningún miembro del museo debería participar en
ningún sentido en el comercio de los bienes del museo, ni aceptar
sobornos ni tratos de favor. Para evitar mal entendido y desfalcos,
se recomienda que ninguna persona ni allegados del museo adquiera fondos
del mismo.
Estos mismos preceptos deberían de tomarse
para el personal de los museos eclesiásticos, y recogerse en
todos los reglamentos internos.
Lo más importante de todo es que todo el personal del museo se
sienta plenamente integrante del mismo; se ha de fomentar las relaciones
y compañerismo, así como crear un vínculo más
allá del profesional con todo el organigrama del complejo.
BIBLIOGRAFIA
- Código de Deontología del ICOM para
los Museos. Revisado en octubre 2004 en Seoul, (Corea).

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