CONCEPTOS OFICIALES SOBRE LA
REGLAMENTACIÓN DE LOS MUSEOS ECLESIÁSTICOS
Jose Carlos Rodrigo
Herrera
Ldo. Historia del Arte
a) La misión Pastoral de los museos eclesiásticos:
Son incesantes las llamadas de atención de la Pontifica Comisión
sobre este punto, no obstante, toda la carta está en torno a
esta idea, como bien refleja el mismo título de la Carta Circular
“La Función Pastoral de los Museos Eclesiásticos”;
esta función, es expresa claramente a lo largo de todo el texto,
como vemos en estos ejemplos (1):
“Los museos eclesiásticos han de valorar
pastoralmente a conservar materialmente y tutelar jurídicamente
el patrimonio que ya no se encuentra en uso habitual.”
“la organización de los museos eclesiásticos necesita
un fundamento eclesiológico, una perspectiva teológica
y una dimensión espiritual…”
“… que la pieza…no venga totalmente separada de su
función pastoral, así como del contexto social, ambiental
y devocional…”
Hablando sobre el desarrollo de programas en los museos, nos introduce
como fundamento de estos “la conservación y eventual utilización
de estas obras del pasado en una dimensión pastoral.”
“… el museo eclesiástico… se presenta como
instrumento de evangelización cristiana…”
“… los museos se introducen en el campo específico
de la pastoral siendo memoria para la actualidad de la vivencia cultural,
caritativa y educativa de las comunidades cristianas… la visita
al museo eclesiástico no se puede entender como una propuesta
turística…”
“…. El museo eclesiástico asume una finalidad específica
en el ámbito de la pastoral de la iglesia local.”
“El museo eclesiástico tiene como prerrogativa propia la
de ser un instrumento de crecimiento en la fe. Esté, por ello,
en conexión con la acción pastoral…”
La intención de tanta repetición conceptual
sobre esta función pastoral, es simplemente recordar la función
principal de la misma Iglesia, que es la proclamación del mensaje
de Cristo por toda la tierra; los objetos expuestos en estos museos,
tienen o han tenido relación con este que hacer, por lo que no
hay razón de que no puedan seguir ejerciéndola, aunque
solo sea de otra manera mas pasiva, de ahí que se anime a que
estos objetos, normalmente en desuso, vuelvan a utilizarse de vez en
cuando, potenciando también su conservación mediante el
uso.
b) La conservación del Patrimonio histórico
–artístico de los museos eclesiásticos:
Una de las principales funciones del museo actual es la de conservación
de sus bienes para el disfrute, estudio y conocimiento de las personas
que las contemplan; en el museo eclesiástico, no puede ser menos,
siendo en origen su principal función e intentando darle la anterior
concepción pastoral. La citada Carta Pastoral, también
dicta clara y explícitamente dicha función conservadora
y de conocimiento (2):
“La iglesia debe evitar el peligro de abandono,
de la dispersión y de la devolución a otros museos,…
de las piezas instituyendo…sus propios “depósitos
museísticos” … es necesario prever una forma adecuada
de “depósito museístico”… es indispensable
que las obras conservadas… permanezcan en contacto directo con
las obras todavía en uso…”
“Un museo eclesiástico… es siempre el edificio en
el que se custodia el patrimonio histórico – artístico
de la Iglesia.”
“… es evidente la urgencia de instituir museos eclesiásticos
para recoger en sedes adecuadas los testimonios de la historia cristiana
y de sus expresiones artístico-culturales, donde poderlos exhibir
al público, después de haberlos ordenado según
unos criterios específicos.”
Resaltamos que a través de estos documentos,
la Iglesia esta puesta al día en los conceptos museísticos
a la hora de las exposiciones fijas de objetos eclesiásticos;
también bien refleja el citado interés en el estudio e
investigación de las piezas con vista a un conocimiento más
profundo de la comunidad cristiana que produjo aquella pieza, y así
poder poner en relación aquel grupo de personas, con la comunidad
actual; este es el objetivo principal de las investigaciones museísticas
eclesiales.
Hablando sobre el desarrollo de programas en los museos, nos introduce
como fundamento de estos, resaltamos (3):
- “la salvaguarda promovida por los organismos
específicos instituidos en el ámbito diocesano y nacional;
- el conocimiento de su peculiar finalidad e historia, además,
de su consistencia a través de la elaboración de inventarios
y catálogos;
- la contextualización de las obras en la vivencia social, eclesial,
devocional;
- la consideración de las obras del pasado con referencia a la
actual experiencia eclesial y cultural;”
“… desempeña diversas funciones
entre las que podemos señalar:
- la conservación de las piezas,…
- la investigación sobre la historia de la comunidad cristiana,…
- “evidenciar la continuidad histórica… y, al mismo
tiempo, su presencia activa y actual;
- el encuentro con las expresiones culturales del territorio…”
LEGALIDADES Y ORGANIZACIÓN
Aunque la protección de los bienes culturales
de la iglesia esta ampliamente desarrollada en las normativas internas
de la Iglesia, uno de los problemas que se han visto los museos eclesiásticos
es la falta de una normativa específica sobre ellos; esta Carta
rellena de alguna manera este vació legal con respecto a las
normativas de estos museos, dejando clara las ideas organizativas que
actualmente tiene la Santa Sede a través de la Pontifica Comisión
de Bienes Culturales de la Iglesia, que pese a no ser un ley, implica
de algún modo la manera de hacer de estos organismos museísticos.
La Iglesia ha de someterse a las leyes vigentes nacionales e internacionales,
así como en acuerdos con el Estado en la materia de protección
y conservación de su patrimonio histórico-cultural.
En la organización conceptual del museo eclesiástico,
se sigue con su la idea de la función pastoral primigenia, así,
toda organización debe centrarse en dicho concepto (4).
“Los museos eclesiásticos han de valorar
pastoralmente a conservar materialmente y tutelar jurídicamente
el patrimonio que ya no se encuentra en uso habitual.”
“la organización de los museos eclesiásticos necesita
un fundamento eclesiológico, una perspectiva teológica
y una dimensión espiritual…”
La carta pastoral se mete en el tema de las tipología
de los museos eclesiásticos (diciendo que no hay una catalogación
que agote la variedad de estos) y de tipologías de objetos de
estos (multitud también), añadiendo las fuentes documentales.
Se deja clara que la responsabilidad primordial de
la creación del museo eclesiástico es el obispo diocesano,
pero aclarando que ha de ser ayudado por los expertos patrimoniales
eclesiásticos, evitando así los clásicos errores
formales que normalmente ha habido en la realización de estos
museos por la falta de expertos en arte y museística (5).
“La responsabilidad… de instituir el museo
diocesano y otros museos eclesiásticos dependientes de la diócesis,
corresponde al Obispo diocesano, oportunamente asistido por la Comisión
Diocesana y por el Departamento para el arte sacro y los bienes culturales.”
Con los Museos de los Institutos Religiosos se ha de hacer los mismo,
pero con función fundacional del prior de cada orden. Si en algún
momento se planea hacer un museo en conjunción de Institutos
Religiosos con la Diócesis, el responsable sería el obispo,
al ser presentado para sus fieles de su diócesis.
Resaltamos el interés por introducir de expertos
en arte, museística y teología; estos han de ser dirigidos
por una persona elegida por el mismo obispo, acentuando el papel y control
de la cabeza de la diócesis en todo el proceso de creación
del museo (6).
“En la organización de un museo, donde
sea posible, es oportuno que se constituya un comité apropiado,
compuesto por algunos expertos y guiado por un director nombrado por
el obispo. Este director deberá ocuparse, de acuerdo con las
autoridades eclesiásticas competentes, de la organización
de los ambientes, la elección de los materiales, las estrategias
expresivas, la relación con el personal, la animación
de los visitantes y de todo el funcionamiento de tales instituciones.
Se deberá prestar particular atención a la búsqueda
de los recursos…”
La Carta Circular introduce unas anotaciones sobre la manera de gestión,
normativas y relaciones con otras instituciones por las que el museo
eclesiástico debe basarse; aunque estas son demasiado básicas
y poco detalladas, no entendemos esta situación como algo negativo
en la Carta, si no que por el contrario, deja una bastante autonomía
con respecto a la creación de normas propias e internas para
el desarrollo y adaptación según las condiciones y particularidades
propias de cada museo.
a) Gestión:
Hay una gran preocupación sobre la gestión financiera
del museo, animando a que el museos sea de algún modo autónomo
de las arcas de la diócesis (probablemente para no ser una carga,
pues es bien sabido que los museos no son rentables económicamente),
y que se haga un planeamiento económico temporal (anual, de corto
y largo plazo); Se potencia la relación con otras instituciones
que no han de ser forzosamente eclesiásticas (bancos, cajas,…)
para lograr la financiación requerida para la creación
y mantenimiento del museo (7).
“- el ente propietario debe prever la creación
de un fondo económico autónomo (por ejemplo una “fundación”
constituida como una fuente de ingresos)…
- preparar un plan económico plurianual, además de a corto
y medio plazo…
- contemplar… un balance anual con un presupuesto y balance final
articulado en partidas específicas de entrada… y salidas…”
La gestión ha de estar bien estructurada (es
otra manera de recalar el papel del obispo en ella) y de administrar
un reglamento propio, así como de la financiación de sus
trabajadores su organización. Llama la atención en la
Carta, al introducción del papel del marketing en el museo, de
acuerdo con las tendencias actuales museísticas y entreviendo
también la idea de propagación catequética del
mismo (8).
“… una gestión administrativa bien
estructurada…
- dotar al museo de una regular fisonomía jurídica…
y de un reglamento normativo detallado.
- dar una clara configuración jurídica a todo el personal…
cumplir con diligencia el pago de las cargas fiscales… contratación
del personal especializado… organización de los servicios
del voluntariado…
- promover al imagen del museo…”
b) Normativa:
Aunque en la Carta no se redacta un estatuto o reglamento interno estándar
de los museos (tan solo anuncia los puntos que debería tomar,
pero no se ahonda en ellos), si aconseja que se crea según las
particularidades de cada museo; así hace un minucioso seguimiento
de los pasos administrativos legales en materias museísticas
y de restauración que ha de recoger estos reglamentos internos.
Así de ha de…
“- tener ante todo presentes las normas y las
orientaciones de la Santa Sede, de las Conferencias Episcopales…
y de las Diócesis…
- redactar, si es posible, un Estatuto y un Reglamento interno del museo…
- cumplir las disposiciones civiles de carácter internacional…
- reglamentar los préstamos de las obras…
- hacer una norma sobre los derechos de reproducción…
- reglamentar el acceso a los datos…
- dar orientaciones sobre el traslado de las obras abandonadas, en desuso
o en peligro de deterioro…
… tienen que ser reglamentadas con precisos actos formales los
procesos de restauración.”
“Puntos para el estatuto de un museo diocesano
(y análogamente de museos eclesiásticos):1. Fecha de fundación,
propiedades 2. Finalidades institucionales; 3. Descripción sumaria
de la sede y de las colecciones; 4 director: nombramiento, duración
del cargo, funciones y competencias; 5. Comisiones del museo: nombramiento
de los miembros de duración, funciones y competencias; 6. Aconsejada
administración y gestión financiera; 7. Secretaría
y archivo; 8. Personal de vigilancia.
Puntos para un reglamento: 1. Criterios generales para la adquisición
de obras; 2. Fichado de las obras; 3. Exposición de las obras;
4. Reglamento de las reproducciones fotográficas; 5. Reglamento
de los préstamos; 6. Horarios y reglamento del acceso de los
visitantes; 7. Sistemas de seguridad.” (9)
c) Relaciones institucionales:
Una de las grandes novedades de esta Carta, es el interés que
hay en las relaciones con otras instituciones no eclesiásticas,
sobre todo en el terreno organizativo y de financiación, tomando
la consciencia que el museo eclesiástico no es un ente aislado,
si no que puede estar en el marco de un organigrama más complejo
y con mucha experiencia en el marco de las relaciones con otros museos
e instituciones, de las que junto al él, pueden sacar amplios
beneficios por medio de intercambios, ayudas, consejos,…
“… se deben prever y solicitar relaciones
con otras instituciones… con los museos públicos y privados.”
(10)
NOTAS
1- Pontificia Comisión para los Bienes Culturales
de la Iglesia, Carta circular La Función Pastoral de los Museos
Eclesiásticos. Ciudad del Vaticano 15 de Agosto del 2001.
Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia,
Carta circular La Función Pastoral de los Museos Eclesiásticos.
Ciudad del Vaticano 15 de Agosto del 2001, pag.24.
Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia,
Carta circular La Función Pastoral de los Museos Eclesiásticos.
Ciudad del Vaticano 15 de Agosto del 2001, pag.19.
Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia,
Carta circular La Función Pastoral de los Museos Eclesiásticos.
Ciudad del Vaticano 15 de Agosto del 2001, pag.23
Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia,
Carta circular La Función Pastoral de los Museos Eclesiásticos.
Ciudad del Vaticano 15 de Agosto del 2001, pag.8.
Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia,
Carta circular La Función Pastoral de los Museos Eclesiásticos.
Ciudad del Vaticano 15 de Agosto del 2001, pag.29.
Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia,
Carta circular La Función Pastoral de los Museos Eclesiásticos.
Ciudad del Vaticano 15 de Agosto del 2001, pag.30.
Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia,
Carta circular La Función Pastoral de los Museos Eclesiásticos.
Ciudad del Vaticano 15 de Agosto del 2001, pag.43.
Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia,
Carta circular La Función Pastoral de los Museos Eclesiásticos.
Ciudad del Vaticano 15 de Agosto del 2001, pag.43-44.
Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia,
Carta circular La Función Pastoral de los Museos Eclesiásticos.
Ciudad del Vaticano 15 de Agosto del 2001, pag.30.
Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia,
Carta circular La Función Pastoral de los Museos Eclesiásticos.
Ciudad del Vaticano 15 de Agosto del 2001, pag.45.
BIBLIOGRAFÍA
- Pontificia Comisión para los Bienes Culturales
de la Iglesia, Carta circular La Función Pastoral de los Museos
Eclesiásticos. Ciudad del Vaticano 15 de Agosto del 2001

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