conceptos previos

CONCEPTOS PREVIOS


TENDENCIA. 
La tendencia es la dirección en la cuál se mueven los activos estudiados. La causa por la cual existen éstas tendencia es el equilibrio entre la oferta y la demanda. Es importante saber que los activos nunca se mueven en línea recta, sino que van dibujando un zigzag. Como es lógico, éstos zigzags se pueden mover en tres direcciones distintas: alcista, bajista y horizontal.
    
    Tendencia alcista: Gráficamente, una tendencia alcista se reconoce cuando los niveles máximos y niveles mínimos, formados por el movimiento zigzag, se superan unos a otros sucesivamente. Esto se produce debido a que hay un exceso de inversores que compran en el mercado 

    Tendencia bajista: Gráficamente una tendencia bajista se reconoce cuando los niveles máximos y los niveles mínimos, formados en el movimiento zigzag, van descendiendo. Esto se produce debido a que hay un exceso de inversores que venden en el mercado. 

    Tendencia horizontal: Gráficamente una tendencia horizontal se produce cuando todos sus máximos se encuentran a los mismos niveles y lo mismo sucede con todos sus mínimos. estos se producen debido a que hay un equilibrio entre los inversores que compran y los inversores que venden. 

Las tendencias pueden ser clasificadas en a largo plazo, a medio plazo y a corto plazo. La duración de cada tendencia depende mucho del inversor. Normalmente se considera que una tendencia es a largo plazo cuando dura más de un año. Una tendencia es a medio plazo cuando más de un mes, pero menos de un año. Finalmente una tendencia a corto plazo va de una semana a un mes. 


SOPORTE 
Es un nivel por debajo del mercado en el que el interés de compra es suficientemente fuerte para superar el interés de venta. Punto de compra. 


RESISTENCIA
Es el nivel por encima del mercado en el que el interés de venta es suficientemente fuerte para superar el interés de compra. Punto de venta. 


CANAL.
Figura formada por la cotización en su movimiento entre una línea de resistencia y una línea de soporte paralelas.

 ACCIÓN
Valor mobiliario que representa una parte alícuota de una sociedad anónima y que otorga a su titular los derechos del accionista. 


ACCIÓN A LA PAR
 Acción emitida al valor nominal de la acción. 


ACCIÓN CON OPCIÓN
 Acción que incorpora un derecho de opción de compra o venta. 


ACCIÓN CON OPCIÓN DE RECOMPRA

 Es un tipo de acción en el que su suscriptor tiene derecho a una opción de venta al emisor a un precio fijo en un periodo determinado.


ACCIÓN DESEMBOLSADA
 
Se dice de la acción en la que ha sido desembolsado totalmente su valor nominal. 


ACCIÓN LIBERADA
 Se dice de la acción en que el accionista no debe desembolsar cifra alguna por la mima, a veces se usa como sinónimo de desembolsado y de gratuita.// Es la acción emitida con cargo a las reservas libres de la sociedad emisora. (art.157 Ley Sociedades). 


ACCIÓN NOMINATIVA
 Si no tiene derechos especiales, además de los previsto en la Ley en los estatutos sociales con carácter general para todas las acciones. En las que confiere los mismos derechos a todos sus titulares. (Art. 48 Ley Sociedades). 


ACCIÓN PREFERENTE 
Es aquella que confiere un derecho especial a su titular. Este derecho suele ser de contenido económico y se materializa en un derecho preferente en el reparto de beneficios o en la cuota de liquidación social. También se denomina acción privilegiada (art. 50 Ley de Sociedades) 


ACCIONARIADO

 Conjunto de accionistas de una empresa.    


ACCIONES PROPIAS

 Es la situación por la cual una sociedad adquiere acciones emitidas por ella misma. Es lo que se denomina "autocartera" 


ACCIONISTA 
Titular de una o más acciones. Su titularidad le confiere el derecho de voto y asistencia a Juntas Generales, el de cobro de dividendos y cuota de liquidación, el de información y del de suscripción preferente en caso de emisión de nuevas acciones. (Art. 48 Ley de Sociedades). 


ACCIONISTA MAYORITARIO 

Accionista que detenta la mayoría de los derechos de voto del capital de una empresa. Existen mecanismos legales de protección al accionista minoritario en la Ley de Sociedades Anónimas (art.100 y siguientes, 115,117 y siguientes y 134) 


ACCIONISTA MINORITARIO
 
Accionista que detenta una participación pequeña en el capital de una empresa. Existen mecanismos legales de protección al accionista minoritario en la Ley de Sociedades Anónimas (art.100 y siguientes, 115,117 y siguientes y 134). 


ACUERDO DE RECOMPRA 

Transacción por la cual una persona adquiere un valor negociable y el vendedor se obliga a recomprarlo en un corto periodo de tiempo y a un precio preestablecido 


ADMINISTRACIÓN DE UNA CARTERA DE VALORES 

Actividad desarrollada por las Sociedades bursátiles y gestoras de carteras que hace referencia a la custodia y gestión de los derechos económicos de los valores depositados que forman una cartera. Es similar a un depósito de valores administrado. Es una actividad más restringida que la de gestión que supone además una facultad de disposición sobre los valores depositados. 


ADMISIÓN EN BOLSA 
Procedimiento que trata de conseguir que un determinado valor mobiliario pueda ser admitido a negociación en el mercado bursátil con el cumplimiento de determinados requisitos legales y reglamentarios.