| REAL CONFIRMACIÓN DE DON JUAN CARLOS
I.
Madrid, 4 de marzo de 1981.
DON JUAN CARLOS I.
Rey de España.
Por cuanto con presencia del expediente instruido en el Ministerio de Justicia,
a instancia de vos el Alcalde Mayor del Ilustre Solar de Tejada y de su Junta de
Caballeros Diviseros Hijosdalgo, en solicitud de la confirmación de las mercedes
y prerrogativas que fueron otorgadas al mismo por Don Ramiro I de León,
confirmadas por otros diferentes Monarcas y por mi Augusto Abuelo Don Alfonso
XIII en tres de julio de mil novecientos tres, como recompensa de los eminentes
servicios prestados por Sancho de Tejada y sus trece hijos reconquistando
durante la dominación sarracena toda la tierra de Clavijo hasta la frontera de
Aragón; en vista de las razones que me habéis expuesto, por resolución de dos de
diciembre de mil novecientos ochenta, tuve a bien mandar expedir la
correspondiente Cédula confirmandoos el derecho a usar el escudo de armas que
fue concedido a vuestros antecesores. Por tanto encargo a mi muy caro y muy
amado hijo el Príncipe de Asturias, y mando a los Infantes, Prelados y Títulos
del Reino, Presidentes y Magistrados del Tribunal Supremo y de las Audiencias,
Gobernadores de las Provincias, Jueces, Alcaldes, Ayuntamientos y demás
autoridades, corporaciones y personas particulares a quienes corresponda, que no
os impidan el uso del escudo de armas que se detalla en la Cédula de
Confirmación expedida en Valladolid a diez de septiembre de mil cuatrocientos
sesenta, disponiendo, en caso necesario, el exacto cumplimiento de esta.
Dado en Madrid a cuatro de marzo de mil novecientos ochenta y uno.
El Ministro de Justicia: Francisco Fernández Ordóñez.
V.M. confirma al Alcalde Mayor del Ilustre Solar de Tejada y de su Junta de
Caballeros Diviseros Hijosdalgos, el derecho a usar el escudo de armas que fue
concedido a sus antecesores.
Boletín Oficial del Estado de 5 de octubre
de 1981.
Ministerio de Justicia.
22546 ORDEN de 18 de febrero de 1981 por la que se manda expedir Real Carta de
Confirmación del derecho a usar escudo de armas a favor de los Caballeros
Diviseros Hijosdalgos del Ilustre Solar de Tejada.
Excmo. Sr.: Accediendo a lo solicitado por los Caballeros Diviseros Hijosdalgos
del Ilustre Solar de Tejada, este Ministerio, en nombre de S.M. el Rey (q.D.g.),
ha tenido a bien disponer que, previo pago del Impuesto especial correspondiente
y demás derechos establecidos, se expida a su favor Real Carta de Confirmación
del derecho a usar el escudo de armas que fue concedido a sus
antecesores.
Lo que comunico a V.E.
Madrid, 18 de febrero de
1981.
FERNÁNDEZ ORDÓÑEZ
Excmo. Sr. Ministro de Hacienda.
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