INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO Y ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DE LA PLANTA DE CICLO COMBINADO PARA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO Y ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DE LA PLANTA DE CICLO COMBINADO PARA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE 1125MW DE INTERGEN EN CATADAU (VALENCIA).

 

Indice

·        Justificación del proyecto.

·        Justificación de la localización del    proyecto.

·        Análisis de los impactos considerados.

1.      Impacto por emisiones atmosféricas

2.      Impacto por vertido de líquidos.

3.      Impacto por ruidos.

4.      Impacto por residuos.

5.      Impacto por ocupación de terreno.

6.      Impacto por tráfico.

7.      Impacto paisajístico.

8.      Impacto por uso de agua.

9.      Aspectos de seguridad y riesgos externos.

10.  Areas restringidas por la legislación en vigor actualmente.

11.  Impacto socioeconómico.

12.  Impacto por infraestructuras auxiliares.

                       

 

Autor del informe:

El Ingeniero Industrial,  Ferrán Navarro Ferrer


JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO.

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1.                       La justificación del proyecto de la central térmica de gas de ciclo combinado de 1125Mw en Catadau en base a un supuesto déficit de la Comunidad Valenciana en cuanto al balance eléctrico se refiere no es suficiente. Con los datos de producción y consumo aportados para el año 2000 (fuente REE), y los proyectos aprobados de 800Mw en Castellón y el Plan Eólico de la Comunidad (mínimo 400Mw, máximo 1400Mw) se superará el déficit histórico que presentaba la Comunidad Valenciana, arrojando un ligero superávit para los datos de consumo del año 2000.

 

Además, según información proveniente de diversas fuentes se pretende instalar dos centrales térmicas de gas de ciclo combinado en Sagunto y Segorbe.

 

·        Unión Fenosa en Sagunto 1200Mw.

·        Hidrocantábrico en Segorbe.

 

 

2.                       En el estudio presentado no aparece justificación para mantener los ritmos de crecimiento que se han producido los últimos 4 años de la demanda de energía eléctrica en la Comunidad Valenciana.

 

Además no se tiene en cuenta ni los planes de eficiencia energética que se deben ir implantando ni las instalaciones de producción en régimen especial que aumentan a ritmos anuales superiores al 12-15% en la C.V.

 

 

3.                       El análisis de los datos a nivel nacional en un estado como el español donde se ha iniciado un proceso de liberalización del sector a nivel estatal muy importante hace aún más cuestionable, si cabe, el proyecto. Los datos de intercambios arrojan un balance de energía eléctrica deficitario mínimamente a nivel peninsular y con tendencia a la reducción. Hay que tener en cuenta, además, que ya han obtenido declaración de impacto compatible proyectos de nuevas centrales de gas de ciclo combinado por un total de 6000Mw. Hay unos 30 proyectos con más de 25000Mw, entre ellos el de InterGen en Catadau, en tramitación. Esta cifra equivaldría, aproximadamente, a duplicar la capacidad de generación de energía eléctrica en el sistema peninsular. Hay que señalar que según publicación en Expansión 01/03/01: “Enagas dice que, pese a la multitud de proyectos existentes, REE sólo prevé la instalación de 7000Mw en los próximos 5 años”.

 

 

4.                       Los compromisos de España y la Unión Europea derivados del protocolo de Kioto sobre emisiones de gases de efecto invernadero, así como las nuevas directrices europeas en materia de política energética hacen inviables y desaconsejan instalaciones de este tipo. Cabe señalar la propuesta de directiva europea aprobada por el Consejo Europeo de Energía en diciembre de 2000 para impulsar la producción de electricidad a partir de fuentes de energía renovables.

 

Es por tanto que el proyecto carece de justificación tanto en cuanto al punto de vista de las necesidades actuales de producción de energía eléctrica como al de las directrices actuales de la política energética de la U.E.


JUSTIFICACIÓN  DE  LA  LOCALIZACIÓN  DEL  PROYECTO

 

 

El análisis de alternativas de localización del proyecto carece de rigor y no se corresponde con las alegaciones presentadas en su momento por diferentes municipios. No se realiza un análisis estratégico del territorio desde el punto de vista medioambiental, de modo que la localización del proyecto seleccionada no se demuestra que sea la más compatible con el medio ambiente.

 

La evaluación del impacto ambiental para una instalación de estas características debería incluir la evaluación de diversas localizaciones compatibles con las alternativas técnicas del proyecto y no restringirse únicamente a una sola localización seleccionada.

 

Cabe mencionar que después de la respuesta al trámite de consultas previas de la Confederación Hidrológica del Júcar manifestando la escasez de recursos hídricos en la zona, InterGen no se ha planteado en el Estudio de Impacto Ambiental, en adelante EIA, ningún otro tipo de localización.

 

Es absurdo pensar que es un argumento de rigor el utilizado por InterGen al descartar a Sagunto por la necesidad de construir una línea eléctrica de alta tensión de 7km y que Unión Fenosa  técnicamente elija Sagunto para localizar su planta de ciclo combinado.

 

En el caso de Buñol, que ha apostado seriamente por las energías renovables, no creo que la posición municipal fuera compatible con una central contaminante de estas características.

 

Es por tanto que debería plantearse un estudio y análisis de diferentes alternativas de localización y elegir la más compatible con el medio ambiente.


ANÁLISIS DE LOS IMPACTOS   CONSIDERADOS

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1.      Impacto por emisiones atmosféricas.

 

Para la evaluación del impacto por emisiones atmosféricas la modelización predictiva de la calidad del aire ambiental se basa en los siguientes aspectos fundamentales:

 

1)      La utilización de datos meteorológicos correctos.

2)      La utilización de un modelo de dispersión atmosférica de contaminantes adecuado a la región de estudio.

3)      El conocimiento de los niveles actuales de contaminación en el medio receptor (niveles de inmisión o valores de fondo) a los que se superpondrá el efecto contaminante del foco emisor de la central térmica proyectada.

4)      La selección de una zona de estudio adecuada

 

La modelización presentada en el estudio de impacto ambiental presenta importantes defectos por lo que las consideraciones  derivadas no tienen el grado de fiabilidad requerido para un EIA de una instalación de estas características.

 

Se pueden citar, entre otros, los siguientes defectos:

 

a)      Utilización de datos meteorológicos inadecuados.

No atendiendo las recomendaciones del Instituto Nacional de Meteorología, se ha realizado la modelización utilizando los datos meteorológicos de la estación de medida del Aeropuerto de Manises, en lugar de utilizar datos más adecuados como es el caso de la estación de Polinyà de Xuquer. Además existe información meteorológica recogida por otros organismos públicos (Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación) en localidades próximas al emplazamiento seleccionado para la central, en concreto Carlet, que deberían ser analizados y contrastados.

 

b)      El valor actual de inmisión de los contaminantes atmosféricos (valor de fondo) es un dato fundamental para conocer y cuantificar el impacto futuro de la instalación de la planta de ciclo combinado. La utilización como valor de fondo para los distintos contaminantes atmosféricos los correspondientes a los valores de inmisión de la estación de Zarra no está justificado y carece de fundamento. Zarra es una pequeña población de la comarca del Valle de Ayora-Cofrentes, situada a 45km de la localización de la planta, y cuya comarca presenta una climatología diferente y una densidad urbana muy inferior a la del entorno afectado.

 

c)      El modelo de simulación utilizado, modelo ISC de la EPA de Estados Unidos da grandes errores y resultados absurdos en su aplicación a España, tal y como indicó el Instituto Nacional de Meteorología en la fase de consultas previas. Existen, además, numerosas investigaciones realizadas por el Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo (CEAM) sobre dispersión de la contaminación atmosférica en las condiciones de climatología y orografía de la cuenca mediterránea que manifiestan la necesidad de extrema cautela en la aplicación de los modelos EPA.

 

d)      A pesar de que en el EIA se indica que las predicciones se han realizado de forma conservadora, esto no esta ni justificado ni demostrado. Es más, hay referencias técnicas y científicas que están en contra de este supuesto conservadurismo. A saber:

 

-         Tanto la concentración de emisión de NOx como las horas de funcionamiento de la central que se han utilizado en el EIA es el mínimo exigible para la autorización de funcionamiento que solicitan y no se ha utilizado el margen de seguridad del 10% propuesto por el fabricante de las turbinas, en cuanto a los caudales másicos de contaminantes emitidos.

-         La relación NO2 / NOx adoptada en el EIA es de 0.65, sin que aparezca avalada técnicamente. Otros EIA de centrales térmicas de gas de ciclo combinado utilizan una relación de 1, mucho más conservadora.

No se hace referencia a los frecuentes episodios de inversión térmica que se producen en la Comunidad Valenciana y su efecto sobre los valores horarios de inmisión de NO2 en el entorno afectado.

 

-         No se tiene en cuenta otros focos emisores futuros con influencia en la zona, como la central térmica de ciclo combinado de Castellón y las que pretenden instalar Unión Fenosa en Sagunto e Hidrocantábrico en Segorbe.

 

 

2.      Impacto por vertidos líquidos.

 

El caudal de efluente vertido será, según la EIA, de 40m3/h en condiciones nominales de operación en invierno y de 57.5m3/h en condiciones nominales de operación en verano (cuando el sistema de refrigeración de aire de entrada se encuentra en funcionamiento). Las características del efluente y la comparación de estas con los límites de vertido establecidos en la legislación también se encuentran en el EIA.

 

Se propone en el EIA conducir el vertido mediante una tubería subterránea de unos 2km de longitud hasta la salida de la planta de tratamiento de aguas residuales de Alfarp, donde se mezclaría con el efluente de salida de esta planta de tratamiento, que actualmente se vierte al río Magro. Según el EIA actualmente se está estudiando la posibilidad de utilizar el efluente que resulte de la mezcla para el uso para riego de cultivos de la zona.

 

Queda suficientemente claro en el EIA que el vertido de la planta de ciclo combinado no presenta valores aptos para el riego en cuanto a nitratos, sodio y conductividad. Esperar que se produzca la dilución de estos parámetros, tras la mezcla con el efluente de salida de la planta de tratamiento de aguas residuales de Alfarp sin poder asegurar el caudal y la calidad de dicho efluente, hasta alcanzar valores aptos por el uso para riego parece arriesgado y peligroso.

 

Según el EIA durante el período de lluvias, las aguas pluviales limpias se verterán de forma controlada desde la balsa de retención de aguas pluviales al canal que recoge las escorrentias superficiales de lluvia de la zona.

 

A mi juicio parece más lógico depurar el efluente de salida de la planta de ciclo combinado y mezclarlo con las aguas pluviales hasta conseguir un agua con unas características apropiadas para su reutilización en la planta y así solucionar dos problemas:

 

·        El alto consumo de recursos hídricos.

·        El impacto producido por vertidos líquidos.

 

 

3.      Impacto por ruidos.

 

El EIA en lo que se refiere al impacto por ruidos  carece de rigor técnico en cuanto no explica de una manera clara la incidencia de los niveles de ruido actuales en los niveles de ruido obtenidos con la aplicación del modelo de predicción acústica para la fase de operación del proyecto. Se nota a faltar, además, una cuestión fundamental que es el cálculo y justificación de los aerocondensadores ya que este aspecto es crucial en cuanto que es el foco de ruido más importante, a mi entender, de la planta.

 

Aún sin tener en cuenta lo anterior, los niveles sonoros ocasionados por el proyecto según el EIA hasta una distancia desde el límite de la parcela del proyecto de 750m son inaceptables desde todos los puntos de vista. En la zona descrita (distancia desde el límite de la parcela de proyecto de hasta 750m) se encuentran terrenos agrícolas, industrias agropecuarias y receptores residenciales presentes o futuros.

 


4.      Impacto por residuos.

 

Los residuos producidos durante la fase de operación del proyecto serían según el EIA de aproximadamente 100tn/año de residuos no peligrosos y 10tn/año de residuos tóxicos y peligrosos.

 

 

 

 

5.      Impacto por ocupación de terreno.

 

Tal y como reconoce el EIA: “La ocupación de los terrenos que abarcan la parcela del proyecto, constituye un impacto al medio ambiente en la medida que actúa como alteración permanente de las distintas posibilidades de uso del suelo en que se asienta y de los factores que lo caracterizan desde el punto de vista físico y biótico”.

 

A mi entender el impacto por ocupación de terreno se centra fundamentalmente en los siguientes puntos:

 

a)      Afección a un canal de drenaje que cruza la parcela del proyecto.

b)      Afección de la vereda denominada Camí d’Alberic (vía pecuaria), área de uso restringido según la legislación actual en vigor.

c)      Afección de las infraestructuras hidráulicas existentes para riego.

d)      Afección de parte del trazado del Camí de les Salinetes.

 

Además de lo anterior señalar el cambio de uso necesario de los terrenos donde se ubicaría la parcela del proyecto de uso agrícola a industrial.

 

 


6.      Impacto por tráfico.

 

Según el EIA el tráfico durante la fase de construcción consistirá principalmente en el generado por el transporte de los equipos, maquinaria, materiales necesarios para la construcción y traslado de materiales inertes a vertederos autorizados, así como el generado por el traslado de los trabajadores hasta el lugar ocupado por el proyecto.

 

Las tres rutas probables a seguir son las explicadas y representadas en la Figura 7.1 del EIA aunque existiría una cuarta que sería desde la A-7 o E-15 a la altura de Torrent y por Monserrat a enlazar a la CV-50 en Montroi e incluso una quinta desde la N-340 hasta la altura de Carlet, para luego tomar la CV-50.

Cualquiera de estas rutas pasa por el interior de núcleos urbanos, a saber: Godelleta, Monserrat, Montroi, Real de Montroi, Alfarp, Llombay, Catadau, L’Alcudia y Carlet.

 

Dado esto anterior y el porcentaje sobre el tráfico existente que calcula el EIA que generaría la construcción de la central (excesivamente elevado en la CV-50 entre Catadau y Carlet) se deduce que el impacto por tráfico no sería asumible debiéndose de buscar alternativas de difícil solución. El EIA reconoce que hay que seleccionar rutas específicas que eviten el tráfico a través de los núcleos de población. ¿Cuáles serían esas rutas?.

 

Mención especial se debe hacer al transporte de cargas especiales y equipos o materiales que excedan de dimensiones normales que entiendo no deberían pasar por el interior de núcleos urbanos. ¿Por donde pasarían?.

 

 


7.      Impacto paisajístico.

 

Debido a que el término municipal de Catadau está actualmente ocupado de manera importante por lo que usualmente se denomina “segundas residencias” y residencias habituales a cotas superiores a las del núcleo urbano y a que la Capacidad de Absorción Visual es baja según reconoce el EIA, el impacto paisajístico afectaría negativamente a la zona. Por extensión esto mismo ocurriría en algunas zonas residenciales de Llombay, Alfarp, Alginet y Carlet.

 

Hay que hacer especial mención a que la zona actual donde se pretende ubicar la central está ocupada por plantaciones de cítricos y frutales (melocotones y albaricoques).

 

La central consta según se desprende de la información existente en el Anteproyecto  y EIA de:

 

·        3 chimeneas de 65m de altura.

·        1 chimenea de la caldera auxiliar de 30-35m de altura

·        Aerocondensadores de 35m de altura.

·        Calderas de recuperación de 28m de altura.

 

 

8.      Impacto por uso de agua.

 

Según el EIA: “El diseño del proyecto se ha realizado de forma que las necesidades de agua se han reducido al mínimo posible, por ejemplo mediante la selección de aerocondensadores, como sistema de refrigeración de la planta”.

 

No existe en el anteproyecto ni en el estudio de impacto  ambiental ningún dato técnico sobre  el cálculo y diseño de los aerocondensadores, debiéndose concluir, por tanto, la incertidumbre manifiesta de que no se necesite más agua que la considerada en el EIA para el sistema de condensación.

Según el EIA y teniendo en cuenta el sistema de condensación por aire del que como se ha señalado no existe información técnica ni en el EIA ni en el anteproyecto, la utilización anual de agua será de aproximadamente 0.47hm3/año en base a las siguientes consideraciones:

 

·        Las necesidades de agua del proyecto en condiciones nominales de operación serán de 52m3/h en invierno y 92m3/h en verano (las necesidades de agua aumentan en verano debido a que a temperaturas altas los sistemas de refrigeración del aire de entrada entran en funcionamiento.).

 

·        El 75% del tiempo planificado de operación anual para el proyecto.

 

·        Distribución igual del período de verano e invierno.

 

Según cálculos más realistas y basándonos en un 100% del tiempo planificado de operación anual del proyecto y en una distribución debida a las características climatológicas de la zona del 70% verano y 30% invierno las necesidades de agua del proyecto serían de 0.7hm3/año.

 

El anterior consumo de 0.7hm3/año corresponde aproximadamente al abastecimiento de una población de 10.000 habitantes o al riego de una extensión de 160hectáreas frente a las 17.6 que ocuparía el proyecto.

 

Debido al contexto de déficit de agua en la zona hasta el punto de cortes de 12 horas en verano en el abastecimiento a la población y serios problemas para sacar adelante cosechas con petición de caudales de emergencia al Canal Júcar-Turia, y considerando las prioridades del uso del agua que se refieren en el Plan Hidrológico de la Cuenca del Júcar (Orden del 13 de agosto de 1999, BOE de 27 de agosto de 1999), entiendo que las necesidades de agua del proyecto hacen inviable el mismo en la localización propuesta y en la zona próxima.

 

En el EIA el suministro de agua queda indefinido ya que únicamente menciona el abastecimiento desde pozo o pozos construidos a una profundidad de hasta 300m sin definir  la localización de los mismos y afirmando sin ninguna argumentación ni rigor técnico que: “los potenciales impactos sobre los pozos existentes están limitados dado que los mismos están perforados a profundidades mucho más superficiales”. Esta información no es verídica con los datos que obran en mi poder, ni siquiera en lo relativo a las profundidades de extracción de algunos pozos existentes en la actualidad.

 

El pozo o los pozos que se pretenden construir, aunque sin localización concreta, se realizarían según el EIA en el Acuífero de la Sierra del Ave. Según la publicación “Los recursos hídricos en la Comunidad Valenciana” (Instituto Tecnológico Geominero de España, 1996) la extracción de agua del acuífero de la Sierra del Ave es de 30hm3/año de los que menos de 1hm3/año corresponden a consumo industrial. Parece excesivo el aumento que supondría el proyecto en el caudal de agua extraído del Acuífero de la Sierra del Ave respecto a la situación preoperacional:

 

 

Este aumento sería según el estudio más realista planteado del 2.33% del consumo total y de más del 70% del consumo industrial.

 

 


9.      Aspectos de seguridad y riesgos externos.

 

No es aceptable desde ningún punto de vista el planteamiento del EIA en el que se recoge la idea de que como las afecciones sobre el medio ambiente y la población que pueda ejercer un acontecimiento accidental pueden ser más importantes que las derivadas del funcionamiento normal del proyecto no corresponde al EIA estudiar estos aspectos y se propone la realización de estudios específicos.

 

Es por este motivo precisamente, por lo que en el EIA se debería haber tenido en cuenta las afecciones sobre el medio ambiente y la población que pudiera ejercer un acontecimiento accidental. Tanto los aspectos de seguridad intrínseca de la central como los riesgos externos derivados de episodios accidentales deberían haberse estudiado en el EIA. 

 

 

 

10.  Areas restringidas por la legislación en vigor actualmente.

 

Dentro de la parcela donde se pretende instalar la central objeto del proyecto existen dos áreas cuyo uso está restringido por la legislación en vigor:

 

·        Vereda conocida como Camí d’Alberic.

·        Zona de 25m de ancho adyacente a la carretera CV-50.

 

 

11.  Impacto socioeconómico.

 

En el EIA el impacto socioeconómico se evalúa desde los aspectos relacionados con el consumo de materias primas, elaboración de productos, creación de empleo y generación de rentas durante la construcción y funcionamiento de la central.

 

1.                       Según el EIA en la fase de construcción, aproximadamente 30 meses, se estima serán necesarios de 500 a 1000 trabajadores la mayoría procedentes de Catadau y otros municipios cercanos al lugar del proyectos. Teniendo en cuenta:

 

a)      1.2.5.4 Mano de obra para la construcción: “La Compañía utilizará trabajadores cualificados con demostrada experiencia en la construcción de plantas de ciclo combinado y en la construcción de proyectos en la provincia.”, y la cualificación profesional de los trabajadores requerida en el mismo punto.

 

b)      El número de parados en marzo de 2000 era de 88 personas en Catadau, 67 en Llombay y 43 en Alfarp, de estos anteriores a los sectores Industria y Construcción correspondían los siguientes desempleados:

 

Catadau           Llombay          Alfarp

                        Industria                      14                    20                    8

                        Construcción                 4                      4                    6

                                                           18                    24                  14

 

c)      La necesidad en los últimos años de importación de mano de obra, básicamente inmigrantes, para la realización de tareas agrícolas ya que no existe mano de obra disponible en la zona de Catadau, Llombay y Alfarp.

 

Podemos concluir que no existe mano de obra para abastecer la necesaria en la construcción de la central ni en número ni en cualificación profesional requerida por el proyecto.

 

El posible efecto negativo de desviar mano de obra del sector Agrícola a los sectores Industria y Construcción con el consiguiente efecto socioeconómico negativo de pérdida de cosechas y merma de ingresos en las actividades industriales derivadas: fabricación de envases, industria agroalimentaria, etc.

 

2.                       No existe ninguna justificación a los efectos económicos directos e indirectos generados en el ámbito local por el proyecto y que en el EIA son de 29947,5 millones de pesetas.

 

Haciendo un estudio de la actividad económica actual en el ámbito local se deduce que los efectos económicos en la zona generados por la inversión del proyecto serían prácticamente inexistentes y que el proyecto no produciría efectos positivos sobre la actividad económica en el ámbito local en base a la inversión propuesta.

 

3.                       En cuanto al empleo durante la fase de operación del proyecto y según el EIA Tabla 1.12, de los 27 contratos directos que propone la empresa la cualificación profesional requerida no es la que presenta la masa laboral de Catadau, Llombay y Alfarp, con lo que se deduce que estos puestos de trabajo serían cubiertos por personal ajeno a estos municipios.

 

4.                       Lo que en el EIA se denomina como Otros beneficios socioeconómicos derivados del Proyecto no están suficientemente estudiados, concretados ni desarrollados con lo que los obviamos en el estudio socioeconómico de este informe.

 

5.                       No se tiene en cuenta en el EIA la pérdida de valor de los inmuebles y las explotaciones agrícolas en el ámbito de Catadau, Llombay, Alfarp y Carlet como consecuencia de la instalación de la planta de ciclo combinado. Tampoco se tiene en cuenta los posibles problemas de comercialización de los productos agrícolas de la zona como consecuencia de la contaminación que va a producir la implantación de la central.

 

6.                       El EIA no tiene en cuenta, ni estudia, la merma de rentas que provocará la instalación de la planta en cuanto a la utilización actual de las numerosas “segundas residencias” existentes en la zona.

 

7.                       No se prevé en el EIA la reducción de futuras rentas como consecuencia de la instalación de la central y la afección de la misma en la posible y demostrada capacidad de la zona para acoger nuevas “segundas residencias”.

 

8.                       En el EIA no se tiene en cuanta la pérdida de rentas por el cambio de utilización de los terrenos donde se ubicará la central 17,6ha ni por el uso de los recursos hídricos que utilizará la central y que podría suponer el regadío de 160hectáreas  adicionales en el caso de no continuar con la problemática actual de restricciones en el uso del agua.

 

Es por todo lo anterior, que la instalación de la central de gas natural de ciclo combinado que InterGen pretende instalar en Catadau provocará un impacto socioeconómico negativo en Catadau y también en Llombay y Alfarp.

 

 

12.  Impacto por infraestructuras auxiliares.

 

No se estudia en el EIA el impacto producido por las diferentes infraestructuras auxiliares necesarias para la implantación de la planta:

·        Tubería de transporte de gas desde el gasoducto Barcelona -Valencia - Alicante hasta la planta.

·        Infraestructura hidráulica del agua de entrada a la planta.

·        Infraestructura hidráulica del vertido de residuos líquidos.

 

Tampoco se hace referencia en el EIA al posible aumento de líneas de transporte de energía de salida de REE en la subestación de Catadau como consecuencia de la implantación de la central y al estudio de los efectos de las radiaciones electromagnéticas en la salud de las personas en una zona con gran densidad de líneas de alta y media tensión.

 

 

Catadau a 4 de abril de 2001

 

Ferrán Navarro Ferrer

Ingeniero Industrial