JUSTICIA

                JUSTICIA [REPUBLICANA] Y RENTA BÁSICA1

                                              Javier Méndez-Vigo

                                             RESUMEN

        Partiendo de la Constitución francesa de 1789 se analiza como al cambiar la Fraternidad por la Propiedad se cae en el liberalismo económico. Frente a dicho liberalismo que concibe la libertad negativa como no- interferencia, el republicanismo desarrolla otro aspecto de la libertad negativa: la libertad como no- dominación. La Renta Básica es un proyecto que se puede enmarcar dentro del republicanismo, ya que la Renta Básica desarrolla la autodeterminación del individuo y de nuevo introduce la Fraternidad frente a la Propiedad; permitiendo la no- dominación como una puerta a la participación social de los individuos.

 

INTRODUCCIÓN

    En 1789 los revolucionarios franceses introduce la identidad entre  "hombre" y  "ciudadano", el  ser humano como  "sujeto de derechos". Es la época en que la Constitución revolucionaria institucionaliza la tríada  Liberté- Egalité- Fraternité. Sin embargo, con el triunfo del Thermidor se instituye una nueva tríada que deviene lo contrario al cambiar un término: Liberté- Egalité- Propieté2

    Será precisamente dicha tríada la que hegemonice la filosofía política con el Liberalismo. A partir de este triunfo pierde sentido la primera tríada que se basaba e la fraternidad y que inclinaba la balanza del lado de la igualdad. Se abandona un concepto de libertad relacionada con aquella y basada en la solidaridad, y al inclinarse por la  propiedad se pone el acento en la libertad individual en detrimento de la igualdad, cayendo en un  libe(ral)ismo económico.

    A partir de lo dicho el concepto de libertad que triunfa es aquella que denominamos negativa en el sentido en la que defendían Bentham y más tarde I. Berlin, es decir una libertad como  no interferencia.

    Esta hegemonía de la noción de propiedad repercute a lo largo del siglo XX, al convertirse en noción fundamental de las dos principales ideologías de nuestra época: el liberalismo económico y el socialismo colectivista. Pero al mismo tiempo, a lo largo del siglo XIX y también del XX dicha noción se desarrolla de una manera ideológica y contradictoria. El mismo  E. Balibar nos lo adelanta

            "El  "campo burgués" es a la vez, desde el punto de vista ideológico y por no hablar más que de intereses materiales, una forma de propiedad, como otra cualquiera, y una  forma de comunidad como otra cualquiera; es el liberalismo  más nacionalismo. Y lo mismo, el campo proletario, es una forma de propiedad, la propiedad colectiva o social, o planificada, más, una forma de comunidad; precisamente el comunismo, que hereda el ideal de fraternidad de las multitudes revolucionarias y de la idea de que sólo los ciudadanos en sentido propio son los hombres del pueblo, los trabajadores"3

 

LIBERTAD COMO NO- DOMINACIÓN

        La hegemonía de este tipo de liberalismo al inclinarse por la propiedad y al defender la libertad como no- interferencia se debe al hecho de que se deja de lado otro aspecto de la libertad negativa. El liberalismo, al defender este aspecto de la libertad, está aceptando las tesis de Hobbes. Es lo que explica Skinner en su estudio sobre las tesis de I. Berlin

            "Cuando Hobbes anuncia, utilizando los términos de los que Berlin se hace eco ampliamente, que nuestra libertad no es nada más que  "ausencia de obstáculos exteriores" en el ejercicio de nuestros poderes, intenta a la vez desacreditar y suplantar otra concepción concurrente de la libertad negativa"4

        Hobbes terminó por imponer su réplica contrarrevolucionaria. Pero el el contexto en el que interviene es el de la Revolución Inglesa. Por tanto a lo largo del siglo XVII lo que se propugna en Inglaterra es la defensa del Parlamento y frente a esto, como contrapartida, se pretende terminar con las prerrogativas reales.

        Teóricamente los defensores del Parlamentarismo recurren al Derecho romano para hablar de libertad, y en el derecho romano la libertad se analiza en relación con la esclavitud. Por ende, partiendo de dicha relación los revolucionarios ingleses introducen otro tipo de libertad negativa

            "Si toda persona en sociedad es bien esclavo bien libre, entonces un civis o ciudadano libre es necesariamente alguien que no sufre dominación de nadie, pero se encuentra al contrario  sui  iuris, dotado del derecho a actuar libremente. Incluso estar privado del estatuto de hombre libre significa por consiguiente necesariamente no estar sui iuris sino al contrario sub potestate, bajo el yugo o sometido a la voluntad de cualquier otra persona"5

        El eje fundante de este aspecto de la libertad negativa reside en el hecho de que alguien es libre   "si y sólo si no se encuentra bajo el imperio de nadie". Será este el lado de la libertad negativa el que conceptualizará el  republicanismo al defender la libertad como no- dominación. Para el republicanismo dicha libertad se encuentra ligada a la civitas, es una libertad que constituye al ciudadano. Pettit lo define claramente, contraponiéndola a la libertad como no- interferencia cuando nos dice:

            "La no- dominación, en el sentido que nos ocupa a nosotros, es la posición de que disfruta alguien cuando vive en presencia de otros, y en virtud de un diseño social, ninguno de ellos le domina"6

        Podemos, a partir de Skinner y Pettit caracterizar la nueva virtud cívica que supone este aspecto de la libertad negativa, que consistiría en:

        a) alguien que no sufre la dominación de nadie,

        b) dotado del derecho a actuar libremente,

        c) la posición que disfruta alguien cuando vive en presencia de otros.

        La libertad como no- dominación conllevaría a la participación en la civitas como homo liber, todo lo contrario que la libertad individualista que representa la libertad como no- interferencia. Ahora bien, partiendo de estos presupuestos éticos ¿puede existir una alternativa a loa sociedad que ha desarrollado el liberalismo económico?

        Pettit defiende que la diferencia con respecto a la libertad como no- interferencia es patente sobre todo cuando nos referimos al problema de la redistribución. Hay que tener en cuenta que la redistribución no es inocente y depende de que lado recaiga el papel de actor de la misma. Para el republicanismo redistribuir la riqueza supone  "intervención" ya que 

            "Cualquier redistribución va a privar a los ricos de unos recursos que de otra manera tendrían, pero esto no representa necesariamente una forma arbitraria de interferencia. El Estad    o republicano está construido sobre la premisa de que la libertad como no- dominación es el primer objetivo del Estado. Y si en general se asume que el Estado debe hacer lo que sea necesario para asegurar tal clase de libertad en la comunidad, entonces una transferencia de recursos, que sea esencial para asegurar lograr ese objetivo, puede justificarse frente a los ricos, sobre la base de un interés que ellos también comparten"7

        Al inclinarnos por uno de los lados  se va a privar al otro de ciertas elecciones, lo que también puede producir una elevación de cortes. Por dicha razón el papel del Estado no es rechazado ni reducido a la mínima expresión como defienden los liberales. El Estado debe corregir las desigualdades. Otro tipo de posturas como por ejemplo la paternalista que él mismo critica más adelante no salen de los presupuestos de la no interferencia reduciendo la situación a mera probabilidad, a una cuestión de números estadístico. El papel reside en intervenir para  "reducir la capacidad de otros en interferir arbitrariamente".

        La libertad como no- dominación sólo se opone a la arbitrariedad. El poder si no es controlado lleva a la arbitrariedad y por tanto a la dominación. Ya que como bien dice Pettit

            "Lo que es constitutivo de dominación es el hecho de que, en algún respecto, quien detenta el poder tiene capacidad para interferir arbitrariamente, aun si nunca va a ejercerla"8

        Puede darse el caso que un empresario, en momentos de crisis, no reaccione como lo hace normalmente el empresario capitalista y consulte las soluciones con el comité de empresa; puede darse el caso que en un momento determinado la burocracia sindical no acepte el chantaje de la posibilidad del paro. Pero esto no quiere decir que siempre actúen de dicha forma  "paternalista". Lo que muchas veces ocurre es que sí actúan arbitrariamente.

        Por dicha razón desde el republicanismo se afirma que una manera de que no ocurra lo  "normal" es mediante la consecución de un tipo de libertad basada en la no-dominación .Es decir que  "el republicanismo, consecuente con su ideal de libertad como no-dominación, está interesado en la independencia socioeconómica de toda la ciudadanía"9

 

RENTA BÁSICA Y REPUBLICANISMO

        Con la   "crisis del 73-74"  se produce un cambio cualitativo en las sociedades occidentales, ya que se quiebra el pacto keynesiano. Con los gobiernos neoconservadores en Inglaterra y EEUU triunfa una nueva concepción de la vida: el neoliberalismo.

        Pero dichas tesis no vienen de nuevo. Ya en 1947 diversos pensadores y economistas como K. Popper, F. Hayek o M. Friedman fundan la  "sociedad Mont Pélerin" para buscar una alternativa al comunismo y, en última instancia, al pacto socialdemócrata10

        Al mismo tiempo a raíz de la crisis del 73 y durante la década de los 80 el capitalismo busca nuevos métodos para realizar una nueva acumulación del capital. Los nuevos modelos productivos dan paso a la hegemonía de la finanza frente al  capitalismo anterior.

       Durante todo este período se produce un fenómeno  nuevo que va a ser predominante durante el último tercio del siglo XX. El capitalismo revoluciona el mercado de trabajo hasta el punto que algunos consideran que el neoliberalismo nos introduce de nuevo en el mundo que nos relataba Charles Dickens. El paro ya no es técnico y deviene en estructural; es lo que se denomina como paro de masas

        Con la caída de los regímenes estalinistas el neoliberalismo emerge como un nuevo orden que culmina con la actual fase de la mundialización con sus propias características

            "El neoliberalismo reenvía a nuevos modos de funcionamiento del capitalismo, tanto en el centro como en la periferia: una nueva disciplina de trabajo y de gestión de los beneficios de los acreedores y accionistas; el retroceso de las intervenciones estatales en materia de desarrollo o de protección social; el crecimiento espectacular de las instituciones financieras..."11

         El neoliberalismo necesita de un nuevo tipo de acumulación [flexible]. Para lo cual necesitó quebrar el Estado del Bienestar y llevarnos a una sociedad del riesgo donde todos los individuos arriesgan en un mercado que nos lleva al equilibrio. La consecuencia fundamental de dichas tesis ha sido la  exclusión social de amplias capas de la población y a la pobreza masiva12. Pero al mismo tiempo el neoliberalismo necesita otro tipo de trabajador más flexible y dócil.  Con lo que nos lleva a la nueva figura del trabajador pobre, aquél que trabaja en varios empleos, o que tiene varios contratos.

        Frente a esta perspectiva se han desarrollado distintos subsidios que se asemejan más bien a un Impuesto Negativo que no supera las trampas propuestas por esta nueva ideología como son el  "despido libre y gratuito" y el  "abaratamiento de la mano de obra"..

        Los distintos gobiernos han intentado un nuevo tipo de redistribución de la renta. Se habla de renta mínima de inserción (RMI), de salario mínimo garantizado (SMG), o ingreso mínimo de inserción (IMI). Todas estas formas de distribución de la renta son condicionales en el sentido de que se intenta la reinserción del trabajador. Ahora bien mientras llega la misma el trabajador tiene el deber de realizar una compensación. La renta de inserción que se desarrolla en las distintas comunidades del Estado español además de ser condicional es familiar. Por otra parte el ingreso es temporal y al mismo tiempo es incompatible con otros ingresos.

        No podemos olvidar que la implantación de este tipo de Impuesto Negativo que son las Rentas Mínimas de Inserción han ido paralela a la privatización de lo social y al desmantelamiento de los sistemas de seguridad desarrollados por el  "pacto keynesiano". Las distintas  "reformas laborales" han llevado al desmantelamiento de las pensiones públicas, ya que al individualizar las relaciones laborales se alarga la vida laboral y se privatiza las pensiones. Pero al mismo tiempo se intenta reformar el subsidio de desempleo por la sencilla razón de que el neoliberalismo defiende que  "mientras exista este tipo de subsidio las personas en paro no estarán  "motivadas" para buscar empleo". Con lo que la perspectiva neoliberal lo que hace es  "culpabilizar" al trabajador ya el  deber del mismo es trabajar13.

¿Qué es la Renta Básica?

        El neoliberalismo cumple con el concepto bíblico del  "ganarás el pan con el sudor de tu frente", al convertir un derecho liberal en un deber. Lo que no nos debe sorprender ya que desde la perspectiva propietarista que defiende el neoconservadurismo es algo natural. Precisamente en esto radica la  "justicia (de la injusticia) burguesa"14.

        Frente a lo dicho el republicanismo, desde los comienzos del capitalismo, propone que es justo dar una "renta mínima" a todos los seres humanos, ante la imposible igualdad en el reparto de tierras15.

        La  Renta Básica (RB) vuelve a aparecer como una propuesta alternativa ante el neoliberalismo. Pero lo primero que tendremos que decir es que la RB no es un fin en sí mismo. La RB es un  instrumento que desde la perspectiva republicana puede ayudarnos a transformar la realidad. Por RB entenderemos:

            "Un ingreso pagado por el gobierno (o por el Estado), si se prefiere, a cada miembro de pleno derecho de la sociedad incluso 1) si no quiere trabajar de forma remunerada, 2) sin tomar en consideración si es rico o pobre, o dicho de otra forma, independientemente de sus otras posibles fuentes de renta, y 3) sin importar con quien viva"16.

            La RB es un derecho. Pero hay que tener en cuenta algo que muchas veces se olvida:  un derecho no es un deber. Además existen diferencias sustanciales con respecto a los distintos subsidios desarrollados en el Estado del Bienestar, en particular con las RMI

                                   RB                     RMI
   *  A cada persona individualmente

   *  Es incondicional

    * Independientemente del trabajo

    A la familia

    Condicionado a una prestación

    *   Desaparece en cuanto se consigue trabajo

          Desde la perspectiva asistencial es el trabajo el que concede el derecho, sólo el trabajo conlleva a la integración social. Si partimos de los dicho nos encontramos con que el paro se asume como una frustración y  al mismo tiempo el paro de masa lleva a una desvinculación. El problema reside en qué consideremos por trabajo. Daniel Raventós17 distingue varios tipos de trabajo:  trabajo asalariado, trabajo doméstico y trabajo voluntario.

        El trabajo asalariado es al que nos referimos cuando hablamos de la vinculación social. Dicho trabajo depende de su propio mercado. Y dependiendo de la perspectiva económica tendremos una concepción u otra sobre la manera en la que se ha de desarrollar un régimen social. Desde la perspectiva neoclásica, que es la que propugna el neoliberalismo,  se pone el acento en el mercado, inclinándose la balanza hacia el lado de la libertad individual. Desde esta perspectiva el paro es debido a los obstáculos que se  "regularizan" el mercado o bien a la vagancia del parado que prefiere cobrar el subsidio antes de buscar un trabajo que normalmente es precario y con una remuneración inferior.

        Desde esta perspectiva se puede coincidir con otras posturas comos las de la  "tercera vía" ya que ambas son partidarias de buscar  "subsidios condicionados" que, en última instancia no son más que aplicaciones de uno u otro Impuesto Negativo. Si seguimos a Fernández Iglesias podemos definir dicho impuesto de la siguiente forma:

            "Los rasgos esenciales del IN consisten en que:

                 *La unidad receptora es la familia nuclear o extendida

                 * El ingreso mínimo que se garantiza substituye a todas las demás prestaciones que recibe la familia, pero no elimina la reducción de impuestos.

                  * La tasa de beneficio que se recibe del Estado por debajo del umbral de renta es mayor que la tasa de impuestos que se paga a partir de ese umbral.

                  * El ingreso mínimo garantizado tiene en cuenta las economías de escala familiar.

                  *  El ingreso mínimo garantizado es concedido generalmente al cabeza de familia o al principal sustentador"18

        La RB es un derecho universal e incondicionado, no depende del trabajo. Como bien dice Gorz (siguiendo a C. Offe) en este caso no es el trabajo (asalariado) el que concede derecho, sino que es la ciudadanía el que permite que exista el derecho. Es un derecho sin contrapartidas que incide sobre la libertad real de los individuos, pero al mismo tiempo ayuda a la independencia y autonomía del homo liber.

        La RB al no depender del trabajo haría posible al mismo tiempo que desapareciera la trampa y la presión sobre determinado tipo de trabajo. Pues el neoliberalismo también hace su propio  "reparto de trabajo". Es decir que el neoliberalismo reparte escasez y por consiguiente pobreza, pues la figura que se ha puesto de moda como es la del  trabajo temporal se ha convertido en trabajo precario y sin derechos que acaban por incidir en la  "feminización" de las relaciones laborales19. Por otra parte, el trabajo temporal en el capitalismo mundializado se realiza de forma obligada y forzada.

 

La RB como instrumento de transformación social

        El sistema capitalista se basa en una lógica mercantilista que para llevar a cabo su objetivo que no es otro que la maximización del beneficio necesita interferir arbitrariamente en el proceso productivo. Y una buena manera de hacerlo en la etapa del capitalismo tardío ha consistido en crear un nuevo tipo de sociedad que se ha basado en la institucionalización del trabajador pobre.

        Con lo dicho se quiebra el Estado de Bienestar, desapareciendo el pacto keynesiano y todo lo que significó. Dicho capitalismo  "postmodernista" flexibiliza las relaciones laborales y tiene una forma concreta de repartir el trabajo que reside en la precarización del trabajo asalariado. Para realizar dicha contrarrevolución el capitalismo debió conseguir la hegemonía cultural y política. Hegemonía que consiguió mediante el triunfo del neoliberalismo

            "La perpetuación del paro fue la condición de la recuperación del coste salarial; los déficit públicos fueron utilizados para quebrar la dinámica de los gastos sociales; la crisis salarial permite la imposición del modelo neoliberal en el tercer mundo"20

        El neoliberalismo es un sistema ideológico que ha inclinado la balanza del lado de la lógica del capital en detrimento de la lógica de ciudadanía. Necesitando para triunfar un verdadero asalto del Bienestar y por ende destrozar el pacto keynesiano, lo que ha producido un verdadero retroceso en lo que respecta a los derechos sociales.

        En contraposición a esto hay que decir que la RB es un derecho político y social21. Si partimos de la lógica ciudadana no nos queda más remedio que concebir al ser humano como un  ser  "autosuficiente", lo que no se puede dar en las sociedades capitalistas. Pero al mismo tiempo hemos de concebir a este mismo ser como un ser que se  "autorrealiza".  Pero para cumplir con estos presupuestos sería preciso que cualquier persona tuviera cubierta sus necesidades básicas.

        La RB  es un instrumento de movilización ya que serviría de nexo que permitiría la vinculación entre los distinos sectores de la población

            "La RB aborda una multitud de intereses comunes, los cuales pueden servir como punto de partida para conseguir una serie de acuerdos y establecer una acción movilizadora conjunta, a través de la elaboración de un programa de objetivos mínimos"22

        La  RB  incidiría  en el mercado de trabajo, ya que el ciudadano podría elegir libremente (libertad real) el trabajar o no, pero también podría elegir que tipo de trabajo realizar. Incidiría en el sentido de que tendría más posibilidades de encontrar un trabajo digno. Y en última instancia sería un órdago frente a la precarización del trabajo.

        La RB es un instrumento de lucha, pues en casos concretos podría convertirse en una especie de  "caja de resistencia". Todos sabemos que una de las causas para la derrota de una huelga, por parte de la patronal, consiste en cansar a los trabajadores durante el transcurso de la lucha, ya que ante la pérdida de salario pueden retirarse de la misma. Con la RB los trabajadores tendrían un medio de subsistencia. Pero al mismo tiempo dicha asignación permitiría a los trabajadores romper con el chantaje tanto de los empresarios como de las buracrias sindicales.

        Por otra parte, la RB rompería también con una de las lacras del capitalismo salvaje, pues evitaría la exclusión social. Abriría el camino de la participación social ya que al recuperar la dignidad se podría profundizar en un derecho de ciudadanía activa que permitiría abandonar el formalismo y la pasividad que encontramos en los Estados con influencia liberal, ya que  "la libertad formal de los ciudadanos tiene que tener una base económica que la sustente"23.

        La  RB es un grito que permite la unificación de las luchas, y a la vez permite la recuperación de un  "espacio público" donde los excluidos asienten un ideal comunicativo. Tal es lo que ocurrió con el  "Movimiento del 95", cuando las distintas asociaciones de parados, al vincular la necesidad de la RB con la RTT, defendieron un Estado del Bienestar más profundo y más democrático.

 

A MODO DE CONCLUSIÓN

        La  RB inclinaría la balanza del lado de la lógica de la ciudadanía al convertirse al mismo tiempo en un contrapoder, no solo a nivel económico, sino también a nivel social. Pues podría servir como acicate contra el  "terrorismo doméstico", o como medio para que determinados grupos de marginados recuperaran la dignidad.

        La RB  incidiría en el ideal republicano de la no- dominación, ya que al proveer a los ciudadanos de las necesidades básicas se deja las puertas abiertas para que se sientan más dignos al no verse interferidos en su libertad real.

        La  RB  nos devolvería en última instancia a la primera tríada de la Revolución Francesa [Liberté- Egalité- Fraternité]. Ya que recuperaría el sentido de la Fraternité o Solidaridad como ha llegado hasta nuestros días, pues como bien dice Moulir Boutang  "sin ella la igualdad y la libertad no se limitan una a la otra, sino que se destruyen mutuamente o establecen una paz armada..."24

 

NOTAS

1. Texto publicado en Domingo GARCÍA MARZÁ y Elsa GONZÁLEZ (eds), Entre la ética y la política, UJI, Castellón 2003

2. Ver el capítulo sobre los  "Derechos Humanos" en Etienne BALIBAR, Les frontières de la democratie, La Découverte, Paris 1982, cap., 8

3. Etienne BALIBAR,   op.cit. pg. 143

4. Quentin SKINNER,  Un troisième concepte de liberté au delà d'Isaiah Berlin et du liberalisme anglais; Actuel MARX, Le liberalismes au regard de l'histoire, PUF, Paris 2003

5. Quentin SKINNER,  op.cit.

6. Philip PETTIT, Republicanismo, Paidós, Barcelona 1999, pg. 96

7. Philip PETTIT, Republicanismo y redistribución; en Debats nº 77, Valencia 2002

8. Philip PETTIT,  Republicanismo, pg. 93

9. Daniel RAVENTÓS,  El salario de toda la ciudadanía. Claves de la Razón Práctica nº 106

10. Felix TEZANOS,  Neoliberalismo, socialismo y democracia. Sistema nº 145-146, Madrid 1998

11. Gerard DUMÉNIL/ Dominique LÉVY,  Économie marxiste du capitalisme. La Découverte, Paris 2003, pg. 29

12. Manuel MONEREO PEREZ, Neoliberalismo, exclusión social y lucha de clases, Sistema nº 145-146, Madrid 1998. En dicho artículo se describe la pobreza en Europa, constatando la existencia de cerca de 52 millones de pobres; lo que supone el 14% de la población

 13. José IGLESIAS FERNÁNDEZ,  ¿Una alternativa?, la Renta Básica;  www.rentabasica.net 

14. José IGLESIAS FERNÁNDEZ,  La Renta Básica y los derechos humanos; www.rentabasica.net 

15. Thomas PAINE,  La justice agraire opposé a la loi et aux privilèges agraires; en Vers un revenu minimum inconditionnel? La Dècouverte, Paris 1996

16. Daniel RAVENTÓS,  SUG; en Diccionario para la resistencia. Viento Sur nº 50, Madrid 2000

17. Daniel RAVENTÓS,  Renda Básica, treball i algunes grans i esteses mentides; www.redrentabasica.org 

18. José IGLESIAS FERNÁNDEZ (coord.), Ante la falta de derechos. ¡¡¡RENTA BÁSICA YA!!!, Virus/Baladre, Barcelona 2000, pg. 22-23

19. Daniel RAVENTÓS/ José Antonio NOGUERA,  La Renta Básica de ciudadanía. Claves de la Razón Práctica nº 120. En dicho artículo se constata la feminización del trabajo cuando nos dicen que  "en 1991, el 4% de los hombres y más del 28% de las mujeres trabajan a tiempo parcial en el conjunto de la Unión Europea"

20. Gerard DUMÉNIL/ Dominique LÉVY,  Coûts et avantages du neoliberalisme. Une anlyse de classe; en http://www.cepremap.cnrs.fr/levy 

21. José IGLESIA FERNÁNDEZ,  La Renda Básica a Catalunya, Editorial Mediterránea, Barcelona 2002, pg. 90 y ss.

22. Jose IGLESIAS FERNÁNDEZ/ Joseph MANUEL BUSQUETA/ Manolo SAEZ,  Todo sobre la Renta Básica; en www.rentabasica.net 

23. Francisco José MARTINEZ,  La Renta básica como fundamento económico de una nueva ciudadanía; en El Vuelo del Ícaro, 2-3, Barcelona 201-2002

24.  Yan MOULIER BOUTANG,  Globaliser la solidarité; en http://www.geoticies.com/Cognitive/Capitalisme/moulier.html