lexgeneral
 

LEGISLACIÓN DE
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO,
NACIONALIDAD Y EXTRANJERIA
 

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Textos legales actualizados a fecha

 
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7 Septiembre 2010

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Directores

Alfonso-Luis Calvo Caravaca
Catedrático de Derecho internacional privado. Universidad Carlos III de Madrid
y
Javier Carrascosa González
Profesor Titular de Derecho internacional privado. Universidad de Murcia

Edición Digital Gratuita
© Grupo Accursio The Cyberspace
September 13th 2010
(Todos los derechos reservados)
© Alfonso-Luis Calvo Caravaca & Javier Carrascosa González 2010

Autores
Pilar Blanco-Morales Limones - Catedrática de Derecho internacional privado. Univ Extremadura
Esperanza Castellanos Ruiz - Profesora Titular de Derecho internacional privado. Univ Carlos III Madrid
Juliana Rodríguez Rodrigo - Profesora Titular de Derecho internacional privado. Univ Carlos III  Madrid
Manuela Eslava Rodríguez - Magistrada de la Sala Civil y Penal. Tribunal Sup Justicia Extremadura
Natividad Goñi Urriza - Profesora Titular de Derecho internacional privado. Univ Pública de Navarra
Pilar Juárez Pérez - Profesora Titular de Derecho internacional privado. Universidad Carlos III de Madrid
Antonia Durán Ayago -Profesora ayudante doctora. Universidad de Salamanca
Mercedes Sabido Hernández - Profesora de Derecho internacional privado. Univ Extremadura
Pilar Canedo Arrillaga - Profesora de Derecho internacional privado. Universidad de Deusto
Celia Caamiña Domínguez -Becaria Doctora en Derecho Internacional Privado Univ Carlos III Madrid
Nuria María Almagro Rodríguez - Licenciada en Derecho por la Universidad de Murcia


 
 

TEXTOS LEGALES
DE
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO ESPAÑOL

© September The 13th 2009 by Grupo Accursio
 




I. Normas básicas.
 1. Constitución española de 27 diciembre 1978.
 2. Tratado constitutivo de la Comunidad Europea hecho en Roma el 25 marzo 1957 (selección de normas).
 2 bis a). Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea hecha en Niza el 7 de diciembre de 2000 (Diario Oficial n° C 364 de 18 diciembre 2000).
 2 bis b). Convenio para la proteccion de los derechos humanos y de las libertades fundamentales (Consejo de Europa) hecho en Roma el 4 noviembre 1950.
 2 bis c). Declaración Universal de los Derechos humanos adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General de 10 diciembre 1948.
 2 bis d). Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General  en su resolución 2200 A (XXI), de 16 diciembre 1966.
 2 bis e). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su Resolución 2200 A (XXI), de 16 diciembre 1966.
 2 bis. f). Presidency Conclusions Tampere European Council 15 and 16 October 1999.
 3. Código civil (selección de normas relativas al Derecho internacional privado)
 4. Ley de enjuiciamiento civil 1/2000 de 7 enero (selección de normas) [con las disposiciones añadidas por la LEY 19/2006, de 5 de junio, por la que se amplían los medios de tutela de los derechos de propiedad intelectual e industrial y se establecen normas procesales para facilitar la aplicación de diversos reglamentos comunitarios, relativas al desarrollo del Reglamento 805/2004 (título ejecutivo europeo) y Reglamento 2201/2003 (responsabilidad parental).
 4 bis.a ). Convención de Viena sobre el derecho de los tratados hecha en Viena el 23 de mayo de 1969.

- Tratado de Lisboa de 13 diciembre 2007 y Textos Consolidades del Tratado de Unión Eueopea y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea 



II. Competencia judicial internacional: normativa general.

A) Normas de producción convencional y comunitaria

 5. Reglamento 44/2001 de 22 diciembre 2000 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DOCE L 12 de 16 enero 2001).
 6. Convenio relativo a la competencia judicial y a la ejecución de las resoluciones judiciales en materia civil y mercantil y protocolo anejo, hechos en Bruselas el 27 septiembre 1968 y Protocolo relativo a su interpretación por el TJCE, hecho en Luxemburgo el 3 junio 1971 (DOCE núm.C 189/3 de 28 de julio de 1990 -versión codificada- y BOE núm.24 de 28 de enero de 1991, corr.err. BOE 30 de abril de 1991, versión modificada por el Convenio de Bruselas de 29 noviembre 1996 en BOE núm. 77 de 31 marzo 1999 y versión consolidada en DOCE C 27 de 26 enero 1998).
 7. Convenio relativo a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, celebrado en Lugano el 16 septiembre 1988 (BOE núm.251 de 20 octubre 1994 y corr.err. BOE núm.8 de 10 enero 1995).
 7 bis a). Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Dinamarca relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia civil y mercantil, de 19 octubre 2005  (DOUE L 299 de 16 Noviembre 2005).
 7 bis b). Acuerdo sobre el “Régimen acordado relativo a las autoridades de Gibraltar en el contexto de los instrumentos de la UE y de la CE y Tratados conexos” de fecha 19 abril 2000 (BOE núm. 58 de 8 marzo 2001).
 7 bis c). Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, hecho en Lugano el 30 octubre 2007 [Convenio de Lugano II] (DOUE L 339 de 21 diciembre 2007).
 7 bis d). Decisión del Consejo de 15 de octubre de 2007 relativa a la firma, en nombre de la Comunidad, del Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (2007/712/CE) (DOUE L 339 de 21 diciembre 2007).
 7 bis d). Decisión del Consejo de 15 de octubre de 2007 relativa a la firma, en nombre de la Comunidad, del Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (2007/712/CE) (DOUE L 339 de 21 diciembre 2007).


B) Normas de producción interna.

 8. Ley Orgánica del Poder Judicial (selección de normas) (BOE núm.157 de 2 de julio de 1985; corr.err. BOE núm.264 de 4 noviembre de 1985).
 8 bis a). Ley orgánica 3/2005, de 8 de julio, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para perseguir extraterritorialmente la práctica de la mutilación  genital femenina (BOE núm. 163 de 9 julio 2005).
 8 bis. b). Ley Orgánica 13/2007, de 19 de noviembre, para la persecución extraterritorial del tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas (BOE núm. 278 de 20 noviembre 2007 y corr. err BOE núm.210 de 27 diciembre 2007).
 8 bis c). Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (BOE núm. 266 de 4 noviembre 2009).
 
 



III. Prueba del Derecho extranjero.
 9. Convenio europeo acerca de la información sobre el Derecho extranjero, hecho en Londres el 7 junio 1968.
10. Convención interamericana sobre prueba e información acerca del Derecho extranjero, hecha en Montevideo el 8 mayo 1979.
10 bis. Decisión del Consejo 2001/470/CE, de 28 de mayo de 2001, por la que se crea una Red Judicial Europea en materia civil y mercantil (DOCE n° L 174 de 27/06/2001)
 
 




IV. Efectos en España de sentencias extranjeras y de documentos extranjeros: normativa general.

A) Convenios internacionales bilaterales.

 11. Tratado sobre ejecución de sentencias en materia civil y comercial entre España y Suiza, hecho en Madrid el 10 noviembre 1896.
 12. Convenio sobre ejecución de sentencias civiles entre España y Colombia, hecho en Madrid el 30 mayo 1908.
 13. Convenio sobre reconocimiento de decisiones judiciales y arbitrales y actas auténticas en materia civil o mercantil entre España y Francia, hecho en París el 28 mayo 1969.
 14. Convenio sobre asistencia judicial y reconocimiento y ejecución de sentencias en materia civil y mercantil entre España e Italia, hecho en Madrid el 22 mayo 1973.
 15. Convenio sobre reconocimiento y ejecución de resoluciones y transacciones judiciales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil entre España y la República Federal de Alemania, hecho en Bonn el 14 noviembre 1983.
 16. Convenio sobre reconocimiento y ejecución de resoluciones, transacciones judiciales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil, entre España y Austria, hecho en Viena el 17 febrero 1984.
 17. Convenio sobre asistencia jurídica, reconocimiento y ejecución de sentencias en asuntos civiles, entre España y Checoslovaquia, hecho en Madrid el 4 mayo 1987.
 18. Convenio sobre reconocimiento y ejecución de sentencias judiciales y laudos arbitrales, en materia civil y mercantil entre España y México, hecho en Madrid el 17 abril 1989.
 19. Convenio entre España e Israel para el mutuo reconocimiento y la ejecución de sentencias en materia civil y mercantil, hecho en Jerusalén el 30 mayo 1989.
 20. Convenio de cooperación jurídica en materia civil entre España y Brasil, hecho en Madrid el 13 abril 1989.
 21. Convenio entre el Reino de España y la República Oriental del Uruguay sobre conflictos de leyes en materia de alimentos para menores y reconocimiento y ejecución de decisiones y transacciones judiciales relativas a alimentos, hecho en Montevideo el 4 noviembre 1987.
 22. Convenio de asistencia judicial en materia civil entre el Reino de España y la República de Bulgaria, hecho en Sofía el 23 mayo 1993.
 23. Tratado entre el Reino de España y la República Popular China sobre asistencia judicial en materia civil y mercantil, hecho en Pekín el 2 mayo 1992.
 24. Convenio entre España y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas sobre asistencia judicial en materia civil, firmado en Madrid el 26 octubre 1990
 25. Convenio de cooperación judicial en materia civil, mercantil y administrativa entre el Reino de España y el Reino de Marruecos, firmado en Madrid el 30 mayo 1997
 26. Convenio de cooperación jurídica entre Reino de España y la República Oriental del Uruguay hecho en Montevideo el 4 noviembre 1987
 27. Convenio entre España y Rumania sobre competencia judicial, reconocimiento y ejecución de decisiones en materia civil y mercantil, hecho «ad referendum» en Bucarest el 17 noviembre 1997
 28. Tratado entre el Reino de españa y la República de El Salvador sobre competencia judicial, reconocimiento y ejecución de sentencias en materia civil y mercantil, hecho en Madrid el 7 noviembre 2000
 29. Convenio entre el Reino de España y la República de Túnez sobre asistencia judicial en materia civil y mercantil y reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales hecho en Túnez el 24 septiembre 2001
29 bis. Convenio relativo a la asistencia judicial en el ámbito civil y mercantil entre la República Argelina Democrática y Popular y el Reino de España, hecho ad referendum en Madrid el 24 de febrero de 2005 (BOE núm. 103 de 1 mayo 2006).
29 bis. b). Convenio relativo a la asistencia judicial en el ámbito civil y mercantil entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania (BOE núm. 267 de 8 noviembre 2006).

B) Normas de producción interna.

 30. Ley de enjuiciamiento civil de 1881 (selección de normas)
 31. Reglamento del Registro Civil (selección de normas)
 32. Reglamento hipotecario (selección de normas)

C) Normativa comunitaria.

 32 bis a). Reglamento (CE) Nº 805/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 por el que se establece un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados [los nuevos anexos de dicho Reglamento se contienen en el Reglamento (CE) No. 1869/2005 de la Comisión de 16 noviembre 2005 por el que se sustituyen los anexos del Reglamento (CE) No. 805/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados, en DOUE L 300 de 17 noviembre 2005].
 32 bis b). Reglamento (CE) Nº 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006 por el que se establece un proceso monitorio europeo (DOUE L 399 de 30 diciembre 2006).
 32 bis c). Reglamento (CE) No. 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de julio de 2007, por el que se establece un proceso europeo de escasa cuantía (DOUE L 199 de 31 julio 2007).
 



V. Proceso internacional.

 33. Convenio relativo a la notificación o traslado en el extranjero de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o comercial, hecho en La Haya el 15 noviembre 1965.
 34. Convenio relativo a la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 marzo 1970.
 35. Convenio relativo al procedimiento civil, hecho en La Haya el 1 marzo 1954.
 36. Convenio tendente a facilitar el acceso internacional a la justicia, hecho en La Haya el 25 octubre 1980.
 37. Convenio suprimiendo la exigencia de la legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 octubre 1961.
 38. Reglamento 1348/2000 del Consejo, de 29 mayo 2000, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil.
 39. Reglamento (CE) núm. 1206/2001 del Consejo, de 28 mayo 2001, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil.
 40. Convenio entre el Reino de España y la República Portuguesa relativo a la cooperación judicial en materia penal y civil, hecho en Madrid el 19 noviembre 1997.
 41. Convenio de asistencia judicial en materia civil y mercantil entre el Reino de España y el Reino de Tailandia.
 42. Convenio de asistencia judicial en materia civil y mercantil entre el Reino de España y la República Dominicana, hecho en Madrid el 15 de septiembre de 2003.
 42 bis a). Directiva 2002/8/CE del Consejo, de 27 de enero de 2003, destinada a mejorar el acceso a la justicia en los litigios transfronterizos mediante el establecimiento de reglas mínimas comunes relativas a la justicia gratuita para dichos litigios.
 42. bis b). Decisión de la Comisión, de 25 de septiembre de 2001, por la que se aprueba un manual de organismos receptores y un léxico de los documentos transmisibles o notificables, en cumplimiento del Reglamento (CE) n? 1348/2000 del Consejo, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil.
 42 bis c). Ley 16/2005, de 18 de julio, por la que se modifica la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, para regular las especialidades de los litigios transfronterizos civiles y mercantiles en la Unión Europea (BOE núm. 171 de 19 julio 2005).
 42 bis d). Acuerdo de 19 octubre 2005 entre la Comunidad Europea y el Reino de Dinamarca relativo a la notificación y al traslado de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil (DOUE L 300 de 17 noviembre 2005).
 42 bis e).  Reglamento (CE) Núm. 1393/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de noviembre de 2007 relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documento judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil («notificación y traslado de documentos») y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm . 1348/2000 del Consejo (DOUE L 324 de 10 diciembre 2007).
 
 




VI. Persona física.
 43. Convenio relativo a la ley aplicable a los nombres y apellidos, hecho en Munich el 5 septiembre 1980.
 44. Convenio relativo a los cambios de apellidos y de nombres, hecho en Estambul el 4 septiembre 1958.
 45. Convenio relativo a la expedición de certificados de diversidad de apellidos, concluido en La Haya el 8 septiembre 1982.
 46. Convención sobre el estatuto de los apátridas, hecha en Nueva York el 28 septiembre 1954.
 47. Real Decreto 865/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida.
 47 bis a). Convenio relativo a las disposiciones rectificativas de actas de estado civil, hecho en París el 10 septiembre 1964 (BOE núm. 14 de 17 enero  1977).
 47 bis. b). Ley 33/2006, de 30 de octubre, sobre igualdad del hombre y la mujer en el orden de sucesión de los títulos nobiliarios (BOE núm. 260 de 31 octubre 2006).
 47. bis.e). Instrucción de 7 de febrero de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre requisitos registrales en la expedición de la certificación literal de nacimiento para la obtención del Documento Nacional de Identidad (BOE núm. 42 de 17 febrero 2007).
 47 bis.f). Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas (BOE núm. 65 de 16 marzo 2007)
 47 bis. g). Instrucción DGRN 23 mayo 2007, sobre apellidos de los extranjeros nacionalizados españoles y su consignación en el Registro Civil español (BOE núm. 159 Miércoles 4 julio 2007).
 47 bis h). Instrucción de 20 de marzo de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre prevención del fraude documental en materia de estado civil (BOE núm. 97 de 24 abril 2006).
 47 bis. i). Instrucción de 24 de febrero de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre reconocimiento de los apellidos inscritos en los Registros Civiles de otros países miembros de la Unión Europea (BOE núm. 60 de 10 marzo 2010).
 
 




VII. Matrimonio internacional y crisis matrimoniales internacionales.
 48. Convención relativa al consentimiento para el matrimonio, edad mínima para contraer matrimonio y registro de los mismos, hecha en Nueva York el 10 diciembre 1962.
 49. Convenio tendente a facilitar la celebración de los matrimonios en el extranjero, hecho en París el 10 septiembre 1964.
 50. Convenio relativo a la expedición de un certificado de capacidad matrimonial, hecho en Munich el 5 septiembre 1980.
 51. Reglamento (CE) 1347/2000 del Consejo de 29 mayo 2000 relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental sobre los hijos comunes.
 52. Reglamento (CE) nº 2201/2003 del Consejo de 27 noviembre 2003 relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1347/2000.
 53. Resolución del Consejo de de la Unión Europea de 4 diciembre 1997 sobre las medidas que deberán adoptarse en materia de lucha contra los matrimonios fraudulentos.
 53 bis a). Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio (BOE núm. 163 de 9 julio 2005).
 53 bis b). Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio (BOE núm. 157 de 2 julio 2005).
 53 bis c). Resolución del Parlamento Europeo sobre la iguadad de derechos de los homosexuales y las lesbianas en la comunidad europea (Resolución A3-0028/94 del 8 de febrero de 1994, DOCE 28 febrero 1994).
 53 bis d). Instrucción DGRN de 9 enero 1995, sobre normas relativas al expediente previo al matrimonio cuando uno de los contrayentes está domiciliado en el extranjero (BOE núm. 21 de 25 enero 1995).
 53 bis e). Instrucción de 10 febrero 1993 de la DGRN sobre Inscripción de determinados matrimonios celebrados en forma religiosa (BOE núm. 47 de 24 febrero 1993).
 53 bis f). Resolución-Circular de 29 julio 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre matrimonios civiles entre personas del mismo sexo (BOE núm. 188 de 8 agosto 2005)
 53 bis g). Instrucción DGRN de 31 enero 2006 sobre los matrimonios de complacencia (BOE núm. 41 de 17 febrero 2006)
 





VIII. Protección internacional de menores.
 54. Convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional, hecho en La Haya el 29 mayo 1993.
 55. Convenio sobre competencia de las autoridades y la ley aplicable en materia de protección de menores, hecho en La Haya el 5 octubre 1961.
 56. Convención sobre los derechos del niño hecha en Nueva York el 20 noviembre 1989.
 57. Convenio europeo relativo al reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de custodia de menores, así como al restablecimiento de dicha custodia, hecho en Luxemburgo el 20 mayo 1980.
 58. Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 octubre 1980.
 59. Convenio entre el Reino de España y el Reino de Marruecos de 30 mayo 1997 sobre asistencia judicial, reconocimi    ento y ejecución de resoluciones judiciales en materia de derecho de custodia y derecho de visita y devolución de menores.
 60. Acuerdo bilateral entre el Reino de España y la República de Bolivia en materia de adopciones, hecho en Madrid el 29 octubre 2001.
 61. Protocolo sobre adopción internacional entre el Reino de España y la República de Filipinas, hecho en Manila el 12 noviembre 2002.
 62. Ley Orgánica 1/1996, de protección jurídica del menor.
 63. Convenio para reglamentar la tutela de menores, hecho en La Haya el 12 junio 1902.
 64. Ley Orgánica 9/2002. de 10 de diciembre. de modificación de la Ley Orgánica 10/1995. de 23 de noviembre, del Código Penal y del Código Civil sobre sustracción de menores.
 64 bis a). Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción internacional (BOE núm. 312 de 29 diciembre 2007).
 64 bis b). Convenio de Cooperación en materia de adopción entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam, hecho en Hanoi el 5 de diciembre de 2007 (BOE núm. 16 de 18 enero 2008 y corrección errores BOE núm. 39 de 14 febrero 2008).
 64 bis c).  Convenio núm. 6 de la Comision Internacional del Estado Civil (CIEC), relativo a la determinacion de la filiacion materna de hijos no matrimoniales, hecho en Bruselas el 12 de septiembre de 1962 ((BOE núm. 92 de 17 abril 1984).





IX. Alimentos internacionales.
 65. Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones alimenticias, hecho en La Haya el 2 octubre 1973.
 66. Convenio referente al reconocimiento y a la ejecución de las resoluciones relativas a las obligaciones alimentarias hecho en La Haya el 2 octubre 1973.
 67. Convenio sobre obtención de alimentos en el extranjero, hecho en Nueva York el 20 junio 1956.
 67 bis a). Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos (BOE núm. 299 de 14 diciembre 2007).
 67 bis b). Reglamento (CE) núm. 4/2009 del Consejo de 18 diciembre 2008 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (DOUE L7 de 10 enero 2009).
 67 bis c). Reglamento (CE) Nº 664/2009 del Consejo de 7 julio 2009 por el que se establece un procedimiento para la negociación y la celebración de acuerdos entre Estados miembros y terceros países sobre la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial, de responsabilidad parental y de obligaciones de alimentos, y sobre la ley aplicable en materia de obligaciones de alimentos (DOUE L 200 de 31  julio 2009)




X. Sucesión hereditaria internacional.
 68. Convenio sobre los conflictos de leyes en materia de forma de las disposiciones testamentarias, hecho en La Haya el 5 octubre 1961.
 69. Convenio relativo al establecimiento de un sistema de inscripción de testamentos, hecho en Basilea el 16 mayo 1972.
 
 




XI. Contratos internacionales.
 70. Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales, hecho en Roma el 19 junio 1980 y Protocolos de interpretación por el TJCE (versión consolidada en DOUE C 334 de 30 diciembre 2005; BOE núm. 171 de 19 julio 1993, corr. errores BOE núm. 189 de 9 agosto 1993). INSTRUMENTO de ratificación del Convenio relativo a la adhesión de la República Checa, de la República de Estonia, de la República de Chipre, de la República de Letonia, de la República de Lituania, de la República de Hungría, de la República de Malta, de la República de Polonia, de la República de Eslovenia y de la República Eslovaca al Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales, abierto a la firma en Roma el 19 de junio de 1980, así como a los Protocolos Primero y Segundo relativos a su interpretación por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, hecho en Luxemburgo el 14 de abril de 2005 (BOE núm. 193 de 13 agosto 2007).
 70 bis). Reglamento (CE) Nº 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de junio de 2008 sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I) (DOUE L 177 de 4 julio 2008).
 70 bis a). Reglamento (CE) Nº 662/2009 del Parlamento Europeo y del Consejode 13 de julio de 2009 por el que se establece un procedimiento para la negociación y celebración de acuerdos entre Estados miembros y terceros países sobre materias específicas en relación con la ley aplicable a las obligaciones contractuales y extracontractuales (DOUE L200 de 31 julio 2009).
 71. Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías, hecha en Viena el 11 abril 1980.
 72. Ley 50/1980 de 8 octubre del contrato de seguro (arts. 107-109).
 73. Ley 7/1998 de 13 abril sobre condiciones generales de la contratación (art. 3 redactado por Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios (BOE núm .312 de 30 diciembre 2006).
 74. Ley 26/1984 de 19 julio para la defensa de los consumidores y usuarios (art. 10, 10 bis, Disp.Ad.1ª núms. 26-28): art. 10 redactado por Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios (BOE núm .312 de 30 diciembre 2006).
 75. Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo.
 76. Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 mayo 1999 sobre determinados aspectos de la venta y las garantías de los bienes de consumo.
 77. Ley 45/1999 de 29 noviembre sobre desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional.
 78. Directiva 96/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 diciembre 1996 sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios.
 79. Ley 42/1998 de 15 diciembre sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributarias (art. 9 y Disp. Ad. 2ª).
 80. Directiva 94/47/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 octubre 1994 relativa a la protección de los adquirentes en lo relativo a determinados aspectos de los contratos de adquisición de un derecho de utilización de inmuebles en régimen de tiempo compartido.
 80. bis a). Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados (Título III).
 80. bis b). Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
 80 bis c). Ley 26/2005, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos (BOE núm. 287 de 1 diciembre 2005).
 80 bis. d) Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados (BOE núm. 170 de 18 julio 2006).
 80 bis. e). Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios (BOE núm .312 de 30 diciembre 2006).
 80 bis. f). Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores (BOE núm. 166 de 12 julio 2007).
 80 bis. g) Ley 13/2007, de 2 de julio, por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, en materia de supervisión del reaseguro (BOE núm. 158 de 3 julio 2007).
 80 bis. h). Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (BOE núm. 261 de 31 octubre 2007).
 80 bis i.) Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso (BOE núm. 312 de 29 diciembre 2007).
 80 bis j.). Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (BOE núm. 287 de 30 noviembre 2007).
 80 bis k). Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso (BOE núm. 312 de 29 diciembre 2007).
 80 bis. l). Directiva 86/653/CEE del Consejo de 18 de diciembre de 1986 relativa a la coordinación de los derechos de los Estados Miembros en lo referente a los agentes comerciales independientes (DOCE L 382, de 31 diciembre 1986).
 80 bis m). STJCE (Sala Quinta) de 9 noviembre 2000, Ingmar GB Ltd contra Eaton Leonard Technologies Inc. (Recopilación de Jurisprudencia 2000 p. I-09305).
 80 bis n). Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia.
 





XII. Obligaciones no contractuales internacionales.
 81. Convenio sobre la ley aplicable en materia de accidentes de circulación por carretera, hecho en La Haya el 4 mayo 1971.
 82. Convenio sobre la ley aplicable a la responsabilidad por productos, hecho en La Haya el 2 octubre 1973.
 83. Ley orgánica 15/1999 de 13 diciembre de protección de datos de carácter personal.
 84. Ley 3/1991 de 10 enero de competencia desleal (art. 4).
 85. Ley 16/1989 de 17 julio de defensa de la competencia (arts. 1, 6 y 7).
 85 bis a). Reglamento (CE) No 864/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de julio de 2007 relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales («Roma II») (DOUE L 199/40 de 31 julio 2007).
 85 bis. b). Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (BOE núm. 159 de 4 julio 2007).
 85 bis c). Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la Competencia (BOE núm. 50 de 27 febrero 2008).
 
 




XIII. Derechos reales.
 86. Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de abril por el que se aprueba el texto refundido de la ley de propiedad intelectual (arts. 163-167, redactados por Ley 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, BOE núm. 162 de 8 julio 2006).
 87. Ley 11/1986 de 20 marzo de patentes (art. 2).
 88. Ley 17/2001 de 7 diciembre de marcas (arts. 3, 8, 14, 36, 79-86).
 89. Ley 16/1985 de 25 junio del patrimonio histórico (arts. 5 y 29.1).
 90. Ley 36/1994 de 23 diciembre de incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva 93/7/CE del Consejo de 15 marzo relativa a la restitución de bienes culturales que hayan salido de forma ilegal del territorio de un estado miembro de la UE (arts. 2-6 y Disp.Ad.1ª y 2ª).
 91. Ley 20/2003, de 7 de julio, de protección jurídica del diseño industrial.
 92. Convenio de Unidroit sobre bienes culturales robados o exportados ilegalmente, hecho en Roma el 24 de junio de 1995.
 93. Convenio de Berna, de 9 septiembre 1886, para la protección de las obras literarias y artísticas. Acta de revisión de París de 24 julio 1971
 93 bis a). Convenio de París para la protección de la propiedad industrial de 20 mayo 1883.
 93 bis b). Tratado de cooperación en materia de patentes, hecho en Washington el 19 junio 1970.
 93 bis c). Convenio sobre concesión de patentes europeas de 5 octubre 1973.
 93 bis d). Arreglo de Madrid relativo al Registro internacional de marcas, de 14 de abril de 1891.
 93 bis e). Protocolo concerniente al Acuerdo de Madrid relativo al Registro internacional de marcas de 27 junio 1989.
 93 bis f). Reglamento (CE) núm. 40/94 del Consejo de 20 diciembre 1993 sobre la marca comunitaria.
 93 bis g). Reglamento (CE) núm. 6/2002 del Consejo, de 12 diciembre 2001, sobre los dibujos y modelos industriales
 93 bis h) REAL DECRETO LEY 5 /2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública.
 93 bis i). Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (Anexo 1C OMC).
 93 bis j). Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la salud pública adoptada el 14 de noviembre de 2001.
 93 bis k). Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria (BOE núm. 294 de 8 diciembre 2007.
 93 bis l). Reglamento (CE) No 116/2009 del Consejo de 18 de diciembre de 2008 relativo a la exportación de bienes culturales (Versión codificada) (DOUE L 39/2 de 10 febrero 2009).
 92. bis m). Directiva 2008/122/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 enero 2009 relativa a la protección de los consumidores con respecto a determinados aspectos de los contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio (DOUE L 33 de 3 febrero 2009).
 92 bis n). Convención sobre la protección del Patrimonio cultural subacuático, hecha en París el 2 de noviembre de 2001 (BOE núm. 55 de 5 marzo 2009) (entrada en vigor de forma general y para España el 2 enero 2009).
 92 bis ñ). Reglamento (CE) No 207/2009 del Consejo de 26 febrero 2009 sobre la marca comunitaria (versión codificada) (DOUE L 78 de 24 marzo 2009).
 92. bis o) Real Decreto 716/2009, de 24 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero (BOE núm. 107 de 2 mayo 2009).
 92. bis p). Tratado de la OMPI sobre interpretación o ejecución y fonogramas, hecho en Ginebra el 20 de diciembre de 1996 (BOE núm. 148 de 18 junio 2010).
 92. bis q). Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor, hecho en Ginebra el 20 de diciembre de 1996 (BOE núm. 148 de 18 junio 2010)
 
 



XIV. Personas jurídicas.
 94. Real decreto legislativo 1564/1989 de 22 diciembre por el que se aprueba el texto refundido de la LSA (arts. 5, 6 y 149).
 95. Ley 2/1995 de 23 marzo sobre sociedades de responsabilidad limitada (arts. 6, 7, 8 y 72).
 96. Ley 50/2002 de 26 diciembre, de fundaciones (arts. 6 y 7).
 97. Ley orgánica 1/2002 de 22 marzo, reguladora del derecho de asociación (art. 9).
 98. Ley 27/1999 de 16 de julio, de cooperativas
 99. Reglamento del Registro Mercantil de 19 julio 1996 (selección de normas).
 99 bis a). Reglamento (CE) núm. 2157/2001 del Consejo, de 8 de octubre de 2001, por el que se aprueba el Estatuto de la Sociedad Anónima Europea (SE).
 99 bis b). Directiva 2001/86/CE del Consejo, de 8 de octubre de 2001, por la que se completa el Estatuto de la Sociedad Anónima Europea en lo que respecta a la implicación de los trabajadores.
99 bis c). Reglamento (CE) n° 1435/2003 del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativo al Estatuto de la sociedad cooperativa europea (SCE).
99 bis d). Directiva 2003/72/CE del Consejo, de 22 de julio de 2003, por la que se completa el Estatuto de la sociedad cooperativa europea en lo que respecta a la implicación de los trabajadores.
99 bis e).  Ley 5/2005, de 22 de abril, de supervisión de los conglomerados financieros y por la que se modifican otras leyes del sector financiero (BOE núm. 97 de 23 abril 2005).
99 bis f). Directiva 2005/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de octubre de 2005 relativa a las fusiones transfronterizas de las sociedades de capital (DOUE L 310 de 25 noviembre 2005).
99. bis g). Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal (BOE núm. 279 de 22 noviembre 2005).
99. bis h). Ley 31/2006, de 18 de octubre, sobre implicación de los trabajadores en las sociedades anónimas y cooperativas europeas (BOE núm. 250 de 19 octubre 2006)
 99 bis. i) Real Decreto 659/2007, de 25 de mayo, por el que se modifica el Reglamento del Registro Mercantil aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, para su adaptación a las disposiciones de la Ley 19/2005, de 14 de noviembre, sobre la sociedad anónima europea domiciliada en España (BOE núm. 137 de 8 junio 2007).
 99 bis j). Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (BOE núm. 82 de abril 2009).
 99 bis k). Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (BOE núm. 161 de 3 julio 2010).
 





XV. Títulos valores.
 100. Ley 19/1985 de 16 julio cambiaria y del cheque (arts. 98-105 y 162-167).
 101. Ley 24/1988 de 28 julio del mercado de valores (art. 3).
 101 bis. a) Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos (BOE núm. 274 de 16 noviembre 2005).
 101 bis b). Ley 6/2007, de 12 de abril, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, para la modificación del régimen de las ofertas públicas de adquisición y de la transparencia de los emisores (BOE núm. 89 de 13 abril 2007).
 101 bis c). Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores (BOE núm. 180 de 28 julio 2007).
 
 




XVI. Arbitraje comercial internacional.
 102. Convenio sobre reconocimiento y ejecución de sentencias arbitrales extranjeras hecho en Nueva York el 10 junio 1958.
 103. Convenio europeo sobre arbitraje comercial internacional, hecho en Ginebra el 21 abril 1961.
 104. Convenio sobre arreglo de diferencias relativas a inversiones entre Estados y nacionales de otros Estados, hecho en Washington el 18 mayo 1965 (selección de normas).
 105. Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
 105 bis. Ley modelo de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional (21 junio 1985)



XVII. Insolvencia internacional.
 106. Reglamento (CE) núm.1346/2000 del Consejo de 29 mayo 2000 sobre procedimientos de insolvencia.
 107. Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (selección de normas).
 107. bis a) Ley 5/2005, de 22 de abril, de supervisión de los conglomerados financieros y por la que se modifican otras leyes del sector financiero (BOE núm. 97 de 23 abril 2005).
 107. bis b) Ley 6/2005, de 22 de abril, sobre saneamiento y liquidación de las entidades de crédito (BOE núm. 97 de 23 abril 2005).



XVIII. Internet y Derecho internacional privado.

 108. Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico
 109. Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico).
 110. Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
 111. Política Uniforme de solución de controversias en materia de nombres de Dominio, aprobada por la ICANN el 26 agosto 1999.
 112. Reglamento de la Política Uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio, aprobado por la ICANN el 24 octubre 1999.
 112. bis a). Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la información (BOE núm. 312 de 29 diciembre 2007)..



XIX. Derecho de la Nacionalidad.
 113. Regulación de la Nacionalidad en la Constitución Española de 27 diciembre 1978
 114. Regulación de la Nacionalidad en el Código Civil (versión vigente a fecha: 19 marzo 2004).
 115. Convenios de doble nacionalidad firmados por España con: Chile / Perú / Paraguay / Nicaragua / Guatemala / Bolivia / Ecuador / Costa Rica / Honduras / República Dominicana / Argentina / Colombia / Venezuela.
 116. Protocolos modificativos o añadidos a los convenios de doble nacionalidad firmados por España con: Nicaragua / Costa Rica / Guatemala (I) / Ecuador / Argentina / Guatemala (II) / Paraguay / Colombia / República Dominicana (BOE núm. 273 de 14 noviembre 2002 y BOE núm. 272 de 13 noviembre 2007) / Honduras.
 117. Instrucción de 14 abril 1999 de la Dirección General de los Registros y del Notaríado sobre certificado de nacionalidad española.
 117 bis.a). Real Decreto 453/2004, de 18 marzo sobre concesión de la nacionalidad española a las víctimas de los atentados terroristas del 11 de marzo de 2004 (BOE núm. 70 de 22 marzo 2004).
 117 bis b). Instrucción de 28 de marzo de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre competencia de los Registros Civiles municipales y demás reglas relativas a los expedientes de declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción (BOE núm. 86 de 10 abril 2007).
 117 bis c). DECRETO-LEY de 29 de diciembre de 1948 por el que se reconoce la condición de súbditos españoles en el extranjero a determinados sefardíes, antiguos protegidos de España (BOE núm.9 de 9 enero 1949)
 117 bis d). INSTRUCCIÓN de 26 julio 2007, de la DGRN, sobre tramitación de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia (BOE núm. 189 de 8 agosto 2007).
 117 bis e).  Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura BOE núm. 310 de 27 diciembre 2007)
 117 bis f). Real Decreto 1792/2008, de 3 de noviembre, sobre concesión de la nacionalidad española a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales (BOE núm. 277 de 17 noviembre 2008).
 117 bis g). Instrucción de 4 de noviembre de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre (BOE núm. 285 de 26 noviembre 2008).
.
 



XX. Derecho de extranjería.
 118. Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su redacción dada por la Ley orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, por la Ley orgánica 11/2003, de 29 de septiembre y por la Ley orgánica 14/2003, de 20 de noviembre.
 119. Real Decreto 864/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social reformada por Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.
 120. Real Decreto 178/2003, de 14 de febrero, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
 121. Real Decreto 285/2004 de 20 de febrero por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior.
 121 bis a): REAL DECRETO 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
 121 bis b). REAL DECRETO 309/2005, de 18 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior.
 121 bis c). Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior (BOE 15 diciembre 2006).
 121 bis d). Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (BOE núm. 51 de 28 febrero 2007).
 121. bis e). Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria (BOE núm. 263 de 31 octubre 2009).

.
 
 




XXI. Derecho comunitario de la competencia (antitrust Law).
 122. Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (arts. 81 a 89)
 123. Reglamento (CE) Nº 1/2003 del Consejo de 16 de diciembre de 2002 relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado
 124. Reglamento (CE) Nº 139/2004 del Consejo de 20 de enero de 2004 sobre el control de las concentraciones entre empresas ("Reglamento comunitario de concentraciones").




XXII. Inversiones exteriores, control de capitales y medios de pago.
 125. Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores.
 126. Real Decreto 1327/1999, de 31 de julio, por el que se regulan determinados aspectos del seguro de crédito a la exportación por cuenta del estado en operaciones de medio y largo plazo.
 127. Directiva 97/5/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 enero 1997 relativa a las transferencias transfronterizas.
 128. Ley 9/1999, de 12 de abril, por la que se regula el régimen jurídico de las transferencias entre estados miembros de la Unión Europea.
 128 bis a) . Reglas y Usos Uniformes relativos a los créditos documentarios (Revisión 1993) de la Cámara de Comercio Internacional.
 128 bis b). Reglas Uniformes relativas a las cobranzas de la Cámara de Comercio Internacional.
 



XXIII. Ejercicio internacional de la abogacía.
 129. Directiva 98/5/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 febrero 1998 destinada a facilitar el ejercicio permanente de la profesión de abogado en Estado miembro distinto de aquél en el que se haya obtenido el título.
 130. Directiva del Consejo 77/249/CEE de 22 marzo 1977 dirigida a facilitar el ejercicio efectivo de la libre prestación de servicios por los abogados.
 131. Orden de 30 abril 1996 por la que se desarrolla el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, en lo que afecta a las profesiones de Abogado y Procurador
 132. Real Decreto 936/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el ejercicio permanente en España de la profesión de abogado con título profesional obtenido en otro estado miembro de la Unión Europea.
 
 




XXIV. Protección internacional de datos personales.
 133. Informe De La Comisión - Primer informe sobre la aplicación de la Directiva sobre Protección de datos (95/46 CE) (publicado en COM/2003/0265 final).
 134. Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas) (Diario Oficial n° L 201 de 31/07/2002, pp. 0037 – 0047).
 135. Decisión de la Comisión, de 27 de diciembre de 2004, por la que se modifica la Decisión 2001/497/CE en lo relativo a la introducción de un conjunto alternativo de cláusulas contractuales tipo para la transferencia de datos personales a terceros países [notificada con el número C(2004) 5271]Texto pertinente a efectos del EEE (Diario Oficial n° L 385 de 29/12/2004 pp. 0074 - 0084).
 136. Decisión de la Comisión, de 15 de junio de 2001, relativa a cláusulas contractuales tipo para la transferencia de datos personales a un tercer país previstas en la Directiva 95/46/CE (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2001) 1539] (Diario Oficial n° L 181 de 04/07/2001, pp. 0019 - 0031).
 137. Decisión de la Comisión, de 14 de mayo de 2004 (2004/535/CE), relativa al carácter adecuado de la protección de los datos personales incluidos en los registros de nombres de los pasajeros que se transfieren al Servicio de aduanas y protección de fronteras de los Estados Unidos (Bureau of Customs and Border Protection) [notificada con el número C(2004) 1914] (Diario Oficial n° L 235 de 06/07/2004 p. 0011 - 0022).
 138. Reglamento (CE) n° 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (Diario Oficial n° L 008 de 12/01/2001 p. 0001 - 0022).
 139. Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Diario Oficial n° L 281 de 23/11/1995 p. 0031 - 0050)
 140. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE núm. 298, de 14-12-1999, pp. 43088-43099)
 141. Instrucción 1/2000, de 1 de diciembre, de la Agencia de Protección, relativa a las normas por las que se rigen los movimientos internacionales de datos.
 141 bis a). Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre 2007, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE núm. 17 de 19 enero 2008).
 
 
 


XXV. Derecho internacional privado marítimo y aeronaútico.
 142. Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, hecho en Montreal el 28 de mayo de 1999 (BOE núm. 122 de 20 mayo 2004).
 
 



XXVI. Derecho internacional público
 143. Convenio sobre relaciones consulares, hecho en Viena el 24 de abril de 1963 (Adhesión de España: 3 de febrero de 1970; BOE núm.56 de 6 de marzo de 1970).
 
 



XXVII. Libre prestación de servicios en la UE.
 144. Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (Diario Oficial n° L 376 de 27/12/2006)
 
 
 



 
 

Documentos especiales en Pdf

 
- 1.- Convención de las Naciones Unidas sobre garantías independientes y cartas de crédito contingente.
NO EN VIGOR PARA ESPAÑA
-
- 2.- Las cláusulas comerciales INCOTERMS 2000 de la CCI.Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho mercantil internacional (33º período de sesiones), Nueva York, 12 de junio a 7 de julio de 2000.
NO EN VIGOR PARA ESPAÑA
-
- 3.- Decreto 1836/1974, de 31 de mayo, por el que se sanciona con fuerza de ley el texto articulado del Título Preliminar del Código civil (BOE núm.163 de 9 julio 1974). -
- 4.- Proyecto de medidas para la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (2001/C 12/01) (DOCE de 15 enero 2001 p. 1). -

 


 P R E S E N T A C I Ó N
de la Edición cibernética de
13 Septiembre 2010

 1. Para el presente curso académico 2010-2011, esta recopilación de textos legales ofrece, de modo claro y sistemático, una selección de las normas más importantes de Derecho internacional privado vigentes en el ordenamiento español a la fecha actual. En el caso de incluirse algunos textos que no son Derecho positivo español, esta circunstancia se ha hecho constar expresamente. Todos los textos legales se ofrecen en formato “word” y son de acceso gratuito. Aunque se ha procurado un escrupuloso respeto al tener literal de las normas legales, -y se incluyen, en su caso, también, sus errores-, debe recordarse al lector que sólo la versión de estos textos publicada en el BOE o en el DOCE o en el DOUE presenta valor oficial, de modo que los textos aquí ofrecidos presentan un valor meramente informativo. Igualmente, las indicaciones de los “Estados partes” en los convenios internacionales tienen un valor meramente informativo y en ningún caso presentan valor oficial. Por ello, precisamente, cada texto incluye una referencia al “diario legislativo” donde fue originariamente publicado de forma oficial. El texto oficial es el único que presenta “valor auténtico” a efectos legales.

 2. Se ha preferido presentar los textos legales del modo más diáfano posible, por lo que se ha prescindido de las concordancias y del índice analítico, pues las funciones que cumplen estos importantes instrumentos puede desarrollarlas satisfactoriamente un texto general de Derecho internacional privado actualizado. A tal efecto, se recomienda acudir a las siguientes publicaciones: A.-L. CALVO CARAVACA / J. CARRASCOSA GONZÁLEZ, Derecho internacional privado, vol.I, 11ª edición, Granada, Ed. Comares, 2010, y A.-L. CALVO CARAVACA / J. CARRASCOSA GONZÁLEZ (Directores), Derecho internacional privado, vol.II, 11ª edición, Granada, Ed. Comares, 2010.

 3. Los textos legales aparecen clasificados bajo diferentes rúbricas atendiendo a la materia regulada. El criterio facilita la localización del texto legal con independencia de la fuente interna, convencional o comunitaria del mismo. En los casos en que un normativa afecta a varios sectores materiales, se ha ubicado en aquella rúbrica que ha parecido más representativa.

 4. Se incorpora, exclusivamente, una "ficha técnica" de cada texto legal, y en particular, de los Convenios internacionales, para que su uso resulte lo más correcto posible, indicando, por ejemplo, los países partes de un Convenio o instrumento internacional, su entrada en vigor para España y el diario oficial donde se halla la publicación con valor legal. Se ha procurado ser particularmente escrupulosos con la verificación de los Estados partes a fecha 13 septiembre 2010, pues se ha apreciado que existen divergencias entre la información proporcionada por ciertas Organizaciones Internacionales y otros organismos en sus respectivas páginas web y la información que suministra el Ministerio español de AAEE. Se ha hecho prevalecer, en caso de discrepancia, la información proporcionada por la institución en cuestión en sus páginas web, por estimarla más actualizada. De todos modos, en caso de duda seria, los autores recomiendan una consulta ad hoc al Ministerio de AAEE.

 5. El lector de los presentes textos legales dispone de un servicio de permanente actualización en esta Web-Page http://www.accursio.com, en la que el lector podrá encontrar también un Virtual Tutorial para la resolución de dudas sobre los textos vigentes en Derecho internacional privado español.

Madrid-Murcia, September 13th 2010
Los autores
 
 

September 13th 2009
Los autores

www.accursio.com

www.mastersdip.es

(Eleven Years Since We Left The Earth's Orbit)
September 13th 2010



 
 
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